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México

Comando armado ejecuta a director del penal de Chilpancingo

El director del penal de Chilpancingo, Guerrero, Luis Miguel Lanster Betancourt y una mujer fueron asesinados la tarde de ayer, informó la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE).

Un comando armado abrió fuego contra la camioneta de Lanster Betancourt y su acompañante, cuando viajaban en la avenida Paseo Alejandro Cervantes Delgado, en esa ciudad.

Los agentes del Ministerio Público arribaron a la zona donde localizaron el cuerpo sin vida del funcionario, quien presentaba impactos de arma de fuego mientras que la mujer que lo acompañaba se encontraba lesionada, por lo que fue trasladada a un hospital donde finalmente perdió la vida.

La Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) ya abrió una investigación previa por el doble asesinato.

Matan a tesorero municipal de Veracruz

Guillermo Pozos Rivera, tesorero municipal de Coatepec y ex funcionario del Gobierno de Veracruz, fue asesinado y su cuerpo abandonado en una carretera estatal, donde fue hallado esta mañana.

El funcionario fue reportado como desaparecido desde el pasado viernes y esta mañana su cuerpo, que presentaba varios impactos de arma de fuego, fue localizado en las inmediaciones de un sembradío de caña, sobre la carretera Coatepec-Totutla en los límites de los municipios de Coatepec y Jalcomulco.

Por su parte el procurador de Justicia en la entidad, Luis Ángel Bravo Contreras, dijo que «No habrá descanso en la institución que encabeza hasta ubicar, detener y castigar al o los responsables». Aunque el procurador veracruzano no reveló se conoce de algún sospechoso», se limitó a decir que las indagatorias arrojan varias líneas de investigación.

Pozos Rivera se desempeñó como director General del Fondo Fidelidad y director del Fideicomiso Relacionado con el Medio Empresarial de la Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario (Sedecop).

La PGJE informó que abrió la investigación previa UIPJ-1/XAL/AMP3°/234/2014 para dar con el paraderos de los asesinos.

El Economista

guerrero1

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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