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México

GRC no hizo el pago por cadena

Ciudad de México.- Grupo Radio Centro no solventó el pago por la contraprestación de tres mil 58 millones de pesos que se comprometió a cubrir para operar una nueva cadena de televisión abierta, por lo que el fallo a su favor fue declarado nulo y la licitación de esa cadena declarada desierta por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT)

Luego de generar gran expectativa sobre si cumpliría o no con el compromiso ante el IFT, la empresa finalmente informó a la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) que cubrirá la garantía de seriedad de 415 millones de pesos otorgada para concursar en el proceso mediante operaciones de liquidez previamente contempladas.

Las acciones en la Bolsa Mexicana de Valores del grupo encabezado por Francisco Aguirre este viernes cayeron 4.76 por ciento, culminando la sesión con una pérdida de 1.10 puntos respecto a su cierre anterior, lo que se traduce en un precio de 22 pesos por unidad, tras haber subido hasta 25.4 pesos por unidad una semana despues del anuncio de ser ganador de la licitación, el 11 de marzo.

En tanto, en un comunicado el IFT señaló que lo anterior traerá como consecuencia que la decisión de no efectuar el pago respecto de las ofertas presentadas por los postores en el proceso corresponde exclusivamente a éstos, en tanto que al Instituto le corresponde aplicar las consecuencias jurídicas previstas en las bases de licitación, publicadas desde el 7 de marzo de 2014.

En cumplimiento de su mandato, de velar por el desarrollo eficiente de los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, así como el aprovechamiento eficiente del espectro radioeléctrico, el Instituto analizará en breve las acciones a seguir respecto de las bandas de frecuencias que han quedado disponibles.

«En caso de que alguno de los participantes ganadores no entregue los comprobantes respectivos, quedará sin efecto el fallo para el(los) participante(s) ganador(es) que incumplieran esta previsión, por lo que el Instituto realizará las gestiones necesarias para la ejecución de la(s) garantía(s) de seriedad respectiva(s) y, en consecuencia, la licitación será declarada desierta respecto de la(s) cadena(s)», señala el acuerdo publicado por el IFT respecto a la determinación de ayer.

Diversos analistas anticiparon que Grupo Radio Centro no podría cumplir con las obligaciones contraídas una vez que no encontró el financiamiento para su proyecto, ni por parte de la banca privada y tampoco por parte de la banca de desarrollo, una vez que está fuera de su competencia el financiamiento a este tipo de proyectos.

Como parte de la licitación de dos cadenas de televisión abierta, Grupo Radio Centro propuso al IFT pagar tres mil 58 millones de pesos, mientras el otro tirador, Cadena Tres, ofreció casi la mitad de ese monto, mil 808 millones de pesos. Esta empresa recibió el 27 de marzo el título de concesión luego de que realizara el pago.

Ahora, una vez declarada desierta la licitación de una de las dos cadenas, el IFT lanzaría una nueva licitación por la cadena nacional que contiene 123 frecuencias y podrían concursar diversos jugadores por la división de esas frecuencias, es decir, pueden diversos interesados por una fracción o varias de las frecuencias.

Fuente: OEM

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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