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Bajó a 4.2% el desempleo en marzo

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En marzo de este año, la tasa de desocupación (TD) en el país fue de 4.2 por ciento mensual y de 3.9 por ciento anual, informa el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

Dichos datos son menores al 4.4 por ciento de desempleo mensual y de 4.8 por ciento a tasa anual registrados en el mes de referencia de 2014, detalla en su reporte.

El organismo da a conocer que la tasa de subocupación (que declaró tener necesidad y disponibilidad para trabajar más horas) pasó de 8.3 a 7.5 por ciento anual en marzo del año en curso.

Según el Inegi, las personas de 15 años o más están consideradas en edad de trabajar, en este rango los datos preliminares indican que 59.3 por ciento de la población de 15 años y más es económicamente activa, mientras que 40.7 por ciento  se dedica al hogar, estudia, está jubilado o pensionado.

Por sector de actividad, el 43 por ciento de la población ocupada se empleó en los servicios, en el comercio 19.3 por ciento, en la industria manufacturera 15.8 por ciento, en las actividades agropecuarias 12.6 por ciento y en la construcción 7.9 por ciento.

Fuente: Milenio

Dinero

SAT aplicará ISR a extranjeros del Mundial 2026 en México

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Los jugadores, entrenadores y demás integrantes de las selecciones nacionales que participen en la Copa Mundial de la FIFA 2026 dentro de territorio mexicano deberán pagar impuestos por los ingresos que generen durante el torneo. La obligación aplica a personas extranjeras que ingresen al país para realizar actividades remuneradas, conforme a las reglas fiscales vigentes.

La recaudación estará a cargo del Servicio de Administración Tributaria, a través del pago del Impuesto Sobre la Renta. El sustento legal se encuentra en las disposiciones publicadas el 28 de diciembre de 2025 como parte de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, difundida en el Diario Oficial de la Federación.

De acuerdo con la normativa, los futbolistas residentes en el extranjero que jueguen partidos del Mundial en México deberán cumplir con reglas específicas diseñadas para el certamen. El cobro no será general, sino que se limitará a los ingresos vinculados con actividades realizadas en el país y derivados de su participación en la competencia internacional.

El artículo 170 de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece que los deportistas residentes en el extranjero que obtengan ingresos por participar en espectáculos deportivos en México están sujetos a una tasa del 25 por ciento de ISR. Este impuesto se aplica únicamente sobre la parte del ingreso que corresponda a los partidos disputados en territorio nacional.

En contraste, los jugadores que residan físicamente en México no tendrán un tratamiento especial. En su caso, deberán pagar el ISR por el 100 por ciento de los ingresos que obtengan por su participación en la Copa del Mundo, conforme a la tarifa vigente.

En términos generales, los seleccionados extranjeros que jueguen el Mundial en México deberán cubrir el ISR por los ingresos generados durante el torneo, tanto por su pago por participar con su selección como por los premios en efectivo que obtengan.

Durante la fase de grupos del Mundial 2026 en México participarán las selecciones de México, Sudáfrica, Corea del Sur, Japón, Túnez, España, Uruguay y Colombia, además del ganador del Repechaje UEFA D y del Repechaje Intercontinental 1. Las disposiciones fiscales aplicarán únicamente a los ingresos vinculados con los encuentros disputados en el país.

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