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México

Nuevo accidente en una plataforma petrolera de Pemex dejó al menos dos muertos

Dos trabajadores fallecieron este martes en un nuevo accidente en una plataforma petrolera en el golfo de México que provocó el desalojo de un centenar de empleados, informó la compañía estatal Pemex (Petróleos Mexicanos).

La plataforma E. Troll Solution, de la compañía Typhoon, «se ladeó» cuando se estaba posicionando para realizar el mantenimiento de pozos petroleros de la llamada Sonda de Campeche, explicó Pemex en su cuenta de Twitter.

En un principio, reportó un herido no grave en el incidente, pero después dio cuenta de un primer fallecimiento y posteriormente de una segunda muerte, según el sitio mexicano Quadratín.

«Continúa ladeándose la plataforma Troll Solution en la Sonda de Campeche. Está instalado el protocolo de seguridad y protección ambiental«, dijo Pemex en su último mensaje.

«La plataforma se estaba acercando para trabajar en un pozo nuestro para darle mantenimiento«, explicó fuente de la empresa a la AFP.

Un total de 101 trabajadores fueron desalojados de la plataforma «como medida preventiva», dijo Pemex, que aseguró que este accidente no afecta la producción «por tratarse de una plataforma móvil dedicada al mantenimiento a pozos».

En la Sonda de Campeche, un área marítima a 85 km de la costa mexicana, operan cerca de 200 plataformas de Pemex y genera el 78% del crudo que produce el país.

Otras plataformas petroleras e instalaciones de Pemex han sufrido percances recientemente.

El pasado 1 de abril, cuatro trabajadores murieron y tres más desaparecieron en un incendio y explosión de la plataforma Abkatun Permanente de Pemex en el golfo de México.

Fuente: InfoBAE

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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