Conecta con nosotros

México

Senadores del PRI denuncian presunta red de corrupción de Silvano Aureoles

Senadores del PRI denunciaron la existencia de una presunta red de corrupción en Michoacán que, según ellos, estaría encabezada por el candidato a gobernador del PRD, Silvano Aureoles.

Durante una conferencia de prensa, en un hotel de la ciudad de México, el senador priista Agustín Trujillo, acompañado por el senador Jesús Casillas, dijo que en su calidad de coordinador de los diputados del PRD, Silvano Aureoles, habría gestionado recursos para Michoacán por 5 mil 333 millones de pesos en 2013, y por 264 millones en 2014.

Recursos destinados primordialmente, aseguró, a 25 municipios de la entidad, que presuntamente beneficiaron a empresas de quienes hoy son candidatos del PRD a diversos cargos de elección popular.

‘Existía simulación de competencia entre las empresas participantes en la licitación, sobreprecio en los costos, en la construcción de las obras y por supuesto con recursos públicos a candidatos que hoy son por el Partido de la Revolución Democrática y que en su momento fueron los dueños de las empresas’, dijo el senador Agustín Trujillo.

El senador explicó que Carlos Herrera Tello, propietario de las empresas Qualiti Construcción SA de CV y Phomsa Construcciones SA de CV, hoy candidato a presidente municipal de Zitácuaro, se benefició con contratos por 49 millones 773 mil pesos, entre 2013 y 2014.

Mientras que Pascual Sigala Páez, secretario general del PRD en Michoacán y candidato a diputado plurinominal, junto con Norberto Antonio Martínez Soto, candidato a diputado federal, son propietarios de la empresa Ingeniería de Soluciones Estratégicas Pa&Nor SA de CV, que obtuvo contratos por 20 millones 659 mil pesos.

Subrayó que entre las irregularidades en la adjudicación de las obras se detectó que el auditor que avalaba la licitación formaba parte también del Consejo de Administración de alguna de las empresas.

Informó que tan sólo el municipio de Tuxpan recibió 133 millones de pesos, cuando su promedio era de 80 millones de pesos.

‘Presumiblemente con ese recurso están financiando sus campañas políticas y la campaña del candidato a gobernador por el PRD, Silvano Aureoles Conejo’, afirmó el senador Agustín Trujillo.

Aseguró que esta presunta red de corrupción podría derivar en diversos delitos.

‘Uso indebido del ejercicio público, puede ser el peculado, puede ser el enriquecimiento ilícito, y sobre todo puede configurarse la delincuencia organizada; quien planeó y fraguó esta red de corrupción es Silvano Aureoles Conejo, candidato del PRD al gobierno’.

Anunció la presentación de denuncias ante la PGR y ante la Procuraduría de Justicia de Michoacán.

Noticieros Televisa

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto