Conecta con nosotros

México

Arrestan a cantante Gerardo Ortiz en Guadalajara

Este domingo, la policía de Jalisco detuvo al cantante Gerardo Ortiz en el Aeropuerto de Guadalajara, cumplimentando una orden de aprehensión en su contra por apología del delito, por su video “Fuiste Mía”.

Tras ser detenido en la terminal aérea procedente de Culiacán, alrededor de las 4:00h, Ortiz fue trasladado al penal de Puente Grande en el mismo estado, de acuerdo a información del periodista Francisco García Davish, publica lopezdoriga.com

Debido a que el delito no es grave y la condena va entre uno y seis meses de cárcel, se prevé que el artista grupero pague una fianza que le permita continuar con el proceso en libertad.

Gerardo Ortiz enfrentó críticas y posteriormente investigaciones policiales debido a su video del tema “Fuiste Mía”, en el que participaron elementos de la policía de Jalisco, y en el cual se le ve agrediendo y quemando a su pareja sentimental.

Cabe recordar que el pasado mes de abril, Ortiz compareció durante cuatro horas ante la Fiscalía General de Jalisco como parte de una averiguación previa por el uso de patrullas oficiales de Zapopan en la filmación de “Fuiste Mía”.

En la diligencia, el cantante fue notificado de otra orden de presentación que le fue girada como parte de la investigación por apología del delito en dicho video. No obstante, no fue llevado ante el agente del Ministerio Público en esa ocasión por haber interpuesto un amparo.

En días pasados, el fiscal de Jalisco, Eduardo Almaguer, declaró que “Se logró acreditar la responsabilidad de estas dos personas porque son ellos, quienes de acuerdo a la diligencia que llevamos a cabo, la fiscalía, se presume que fueron quienes elaboraron y diseñaron el contenido de este video, el cual publicita acciones violentas en contra de las mujeres, pero además motiva el ejercicio de estas acciones y el daño que pueden ocasionar, esto es de conformidad a las diligencias que llevamos a cabo”.

fuente: SIPSE

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto