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México

Policía fue golpeado y detenido por sus compañeros por denunciar tortura a joven

El 8 de julio de 2016, cinco agentes de la Policía Municipal de Tekax, Yucatán, detuvieron a un joven por el delito de robo de ganado.
Primero lo condujeron a la comisaría, y minutos después a la Casa Mágica de las Artesanías, donde lo torturaron con el fin de que aceptara incriminarse.
En ese entonces el policía municipal Miguel Antonio Bacab Ku tenía asignada la vigilancia de la Casa Mágica de las Artesanías de Tekax, un recinto cultural manejado por el municipio y ubicado en las cercanías de la comisaría de policía.
Bacab Ku se percató de lo que sus compañeros estaban haciendo, por lo que grabó la tortura contra el detenido hasta que los policías agresores se llevaron a su víctima de vuelta a la comisaría, y envió el video a un medio informativo local, que lo difundió ese mismo día.
El video muestra a cuatro uniformados cuando golpean y asfixian a un joven, al que mantienen con las manos atadas a la espalda y con la cabeza totalmente cubierta con una bolsa plástica.
Entre súplicas el joven acepta incriminarse del delito que le indiquen, así como incriminar a supuestos cómplices.
Bacab Ku decidió grabar a escondidas y luego divulgar los abusos “al ver tanta saña con que torturaron” al joven detenido, “y fastidiado de ver tantas anomalías que se cometen en la corporación”.
Su intención era buscar un castigo para los responsables y que se hiciera pública la manera en la que operan los elementos de seguridad.
Según las investigaciones de la Comisión de Derechos Humanos de Yucatán, horas después de que se dio a conocer el video, a la Casa Mágica de las Artesanías llegó una patrulla con un grupo de oficiales, quienes subieron a Bacab Ku al vehículo.
El agente fue conducido por los otros policías a la comisaría e introducido en una celda, donde lo desnudaron y abandonaron así, por una hora, para luego ser torturado por “órdenes del director de la Policía Municipal, Juan Alberto Golib Moreno”.
Bacab ku nunca fue informado del motivo de su detención, y recibió maltrato físico por parte de los agentes: Sergio Alejandro Uitz Caamal, Najor Efraín Puerto Yamá, Jesús Israel Mayte López, Benjamín Barrientos Ponce, Fernando de Jesús Sánchez Ponce, Diego Ortiz Chablé y Salvador Rivera González.
Los policías le reclamaron la difusión del video y luego de varias horas, la Policía Municipal de Tekax presentó al agente ante autoridades médicas del Instituto Mexicanos del Seguro Social (IMSS).
Las revisiones médicas confirmaron que, mientras se encontraba detenido, había sufrido lesiones y contusiones en abdomen y extremidades, que le causaban “arcos de movilidad limitada”, así como escoriaciones en pecho, espalda, brazos, antebrazos, tobillos y piernas.
Por su parte, el director de Seguridad y Tránsito Municipal de Tekax, Juan Alberto Golib Moreno, aseguró que Bacab Ku “no se encontraba privado de su libertad y mucho menos había sido golpeado, sino al contrario, el señor se encontraba cubriendo un servicio en comisarías”.
Esta declaración oficial, no concuerda con los hechos, pues aunque el jefe de la policía municipal señala que entre el 8 y el 10 de julio de 2016 el agente Bacab Ku estaba “cubriendo un servicio en comisarías”, esto queda desmentido por la misma documentación de la Policía Municipal de Tekax, según la cual, Bacab quedó formalmente “bajo arresto administrativo” desde el 8 de julio de 2016.
Luego de que concluyó el “arresto”, el 10 de julio de 2016, Bacab Ku fue oficialmente presentado ante el Ministerio Público, acusado del delito de “tortura” y fue directamente llevado al Centro de Reinserción Social del Sur, en Tekax, donde quedó formalmente preso.
Junto con él fueron presentados ante el juez otros cuatro policías, aquellos que aparecen en el video torturando al joven detenido.
No obstante, gracias al testimonio del joven torturado se pudo comprobar la inocencia de Bacab Ku. El joven aclaró que el agente no participó en los actos de tortura a los que fue sometido.

Agencias

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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