Connect with us

Chihuahua

Invita Biblioteca Pública Infantil a su taller “Atenta-Mente”

El Gobierno del Estado de Chihuahua, a través de la Secretaría de Educación, Cultura y Deporte en coordinación con el Instituto Chihuahuense de la Cultura invitan al taller Atenta-Mente para niños de 5 a 11 años de edad que presenten trastornos de hiperactividad y/o atención dispersa en la Biblioteca Pública Central.

 

Continuando con las actividades de la Biblioteca Pública Infantil ahora instalada en el Centro Cultural Carlos Montemayor, Atenta-Mente es un taller ya conocido por la sociedad en general, que ha dado resultados desde su inicio ya que mejora la atención, favorece el nivel de comprensión, trabaja la motricidad, eleva la autoestima del niño etc.,

 

Atenta-Mente es un taller que se imparte tanto a niños con hiperactividad y/o atención dispersa, como a los padres de los mismos, quienes en ocasiones catalogan a sus hijos solamente como “inquietos” y recurren a métodos agresivos para controlarlos.

 

El taller se imparte en las instalaciones de la Biblioteca Pública Infantil con un horario de 16:00 a 18:00 hrs pudiendo inscribirse en este mismo horario.

 

Atenta-Mente tiene un costo de recuperación de $500.00 en dos pagos, 50% para inscripción y el otro 50% el siguiente mes.

Click to comment

You must be logged in to post a comment Login

Leave a Reply

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

Continue Reading
Advertisement
Advertisement

Más visto