México
Profeco multa a 5 aerolíneas con 22.4 mdp por cobros indebidos
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) aplicó multas por 22.4 millones de pesos a cinco aerolíneas por realizar cobros indebidos por la primera maleta documentada en vuelos desde la Ciudad de México a Estados Unidos y Canadá.
La multa fue aplicada de acuerdo a las disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), la Ley de Aviación Civil (LAC) y su reglamento.
Además de las sanciones a Volaris, Interjet, Aeroméxico, VivaAerobus y JetBlue Airways, Profeco informó que mantiene abiertos sendos procesos en contra de United Airlines y American Airlines por esta misma infracción, los cuales se resolverán en los próximos días.
Se determinó que las aerolíneas sancionadas han incurrido en publicidad engañosa, actos discriminatorios, cláusulas abusivas en sus contratos de adhesión y otras prácticas que violentan los derechos de los pasajeros.
De acuerdo con las modificaciones que entran en vigor hoy martes 27 de junio, entre otras, las aerolíneas deben:
En el contexto de la entrada en vigor de las nuevas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) y de la Ley de Aeronáutica Civil (LAC) publicadas ayer en el Diario Oficial de la Federación, el Procurador en funciones, Rafael Ochoa Morales, destacó que este nuevo esquema empodera a los consumidores, fortalece sus derechos, les otorga restituciones económicas cuando sufren una afectación y brinda mayor transparencia para informar las causas de retrasos, demoras y cancelaciones.
A. Informar a los pasajeros a través de medios electrónicos y en módulos de atención las causas de retrasos, demoras y cancelaciones en vuelos.
B. En caso de retraso imputable a las aerolíneas, deberán indemnizar a los pasajeros de acuerdo con el artículo 47 Bis de la Ley de Aviación Civil, en los siguientes términos:
En demoras superiores a una hora e inferiores a cuatro horas se compensará de acuerdo con las políticas de cada empresa, se ofrecerán descuentos para vuelos en fecha posterior hacia el destino contratado y se brindarán alimentos y bebidas.
En el caso de demoras mayores a dos horas, pero menores a cuatro, los descuentos incluidos no podrán ser menores al 7.5% del precio pagado por el boleto, más alimentos y bebidas. Además, la línea aérea debe proporcionar a los pasajeros acceso a llamadas telefónicas y envío de correos electrónicos.
En demoras mayores a cuatro horas aplicarán las opciones de indemnización establecidas para “cancelación”, en las cuales se contemplan los siguientes supuestos:
I. Reintegrar el precio del boleto o la proporción que corresponda a la parte no realizada del viaje, más una indemnización que no podrá ser inferior al 25% del precio del boleto, la cual deberá pagarse en un periodo máximo de 10 días naturales.
II. La aerolínea debe ofrecer espacio en el primer vuelo disponible, proporcionar acceso a llamadas telefónicas, correos electrónicos, de ser necesario otorgar alimentos, alojamiento y transporte desde y hacia el aeropuerto.
III. Cambiar el vuelo por una fecha posterior, en la que se aplica la indemnización de por lo menos el 25% del precio original del boleto.
Los usuarios tienen derecho a transportar como mínimo, y sin cargo alguno, 25 kilos de equipaje documentado y hasta dos piezas de equipaje de mano de no más de 10 kilogramos, en vuelos nacionales e internacionales que tengan como origen nuestro país.
Las aerolíneas están obligadas a informar a los consumidores los términos, condiciones, políticas de compensación y listados de sus derechos contenidos en la Ley de Aviación Civil, al comprar el boleto y en los módulos de atención al pasajero.
Ochoa Morales destacó que estas nuevas reglas brindan un marco de mayor certidumbre a los usuarios del transporte aéreo.
México
Prisión preventiva para líder de célula ligada al CJNG
Iván Sánchez Santiago, conocido como “Comandante Cromo”, permanecerá en prisión preventiva mientras se determina su situación jurídica, tras ser identificado por autoridades federales como líder de la organización criminal “Los Cromos”, supuestamente vinculada al Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG). La Fiscalía General de la República (FGR) ha formulado imputaciones en su contra por su posible responsabilidad en delitos relacionados con la posesión de arma de fuego de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas y contra la salud, específicamente por posesión con fines de comercio.
Durante la audiencia inicial, el Ministerio Público Federal, perteneciente a la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada (FEMDO), solicitó la vinculación a proceso de Sánchez Santiago. Sin embargo, su defensa solicitó la duplicidad del término constitucional, lo que significa que será en una audiencia posterior cuando un juez decida si hay suficientes elementos para someterlo formalmente a proceso. La autoridad judicial ya había calificado como legal su detención.
La captura del “Comandante Cromo” se llevó a cabo en Guadalajara, Jalisco, gracias a trabajos de inteligencia realizados por la Unidad de Inteligencia Naval de la Secretaría de Marina y el Centro Nacional de Inteligencia (CNI). Las investigaciones federales indican que Sánchez Santiago es uno de los principales operadores de “Los Cromos”, un grupo que supuestamente colabora con el CJNG y está implicado en diversos delitos, incluyendo homicidios, extorsión, cobro de piso, secuestro, así como tráfico de drogas y armas.
La FGR continuará con el proceso judicial para definir la situación jurídica del detenido, mientras se espera que se presenten más pruebas y se lleve a cabo la audiencia que determinará su futuro legal.
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