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Chihuahua

Obtiene Poder Legislativo 93.91 por ciento en cumplimiento de obligaciones de transparencia

Dentro de la primera evaluación realizada por el Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública (ICHITAIP) a los sujetos obligados, el Poder Legislativo obtuvo un 93.91 porciento.
La verificación diagnóstica se realiza con el fin de que los sujetos obligados cumplan con lo que deben publicar en el Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia (SIPOT), así como en su Portal de Internet, respetando los lineamientos técnicos aprobados por el Sistema Nacional de Transparencia.
Es así que el Congreso del Estado, registró un porcentaje de cumplimiento del 93.91 por ciento en los parámetros evaluados, de acuerdo a las obligaciones comunes establecidas dentro de las fracciones del artículo 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, así como las señaladas en el artículo 80 del mismo ordenamiento, correspondientes a lo que debe denotar el Poder Legislativo tanto en su página oficial, como en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT).
Es importante recalcar que esta es la primera vez que se aplica esta evaluación basada en los lineamientos que a nivel estatal y nacional se deben cumplir, y cuyo propósito es definir los formatos que se usarán para publicar la información y asegurar que ésta sea veraz, confiable, oportuna, congruente, integral, actualizada, accesible, comprensible y verificable.
El resultado obtenido, hace fehaciente el compromiso de la Sexagésima Quinta Legislatura por contar con un Congreso abierto, claro y de fácil acceso a la información, para los chihuahuenses.
Además, hace visible la responsabilidad para continuar trabajando con el desempeño que cada ciudadano merece, y sobre todo de dar atención a las solicitudes de información, en tiempo y forma.

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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