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Pareja es multada con mil 190 dólares por muerte de hijo con asma en España

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Un juzgado español condenó a un matrimonio de Estados Unidos a pagar una multa de unos mil 190 dólares por la muerte de un hijo de 8 años tras sufrir una crisis asmática, con cuyo cadáver convivieron más de un mes en un piso de la ciudad de Gerona junto a dos hijos más.

Fueron condenados por homicidio debido a una «imprudencia menos grave», con agravante de parentesco, a la pena de 11 meses de multa, a razón de 3 euros diarios, y al pago de las costas procesales. En caso de impago, será un día de privación de cárcel por cada dos cuotas no satisfechas.

La sentencia, que es recurrible, considera probado que, «entre finales de noviembre y principios de diciembre de 2015», el menor sufrió una crisis asmática que requería asistencia médica especializada.

Sus padres, «que eran conscientes de este agravamiento de su salud y desconfiaban del sistema sanitario, omitieron la conducta debida de llevarlo a emergencias hospitalarias o pedir ayuda a terceros».

La resolución judicial determina que la declaración de los padres fue «clara, precisa y congruente», ya que ambos reconocieron que su hijo «había tenido una crisis asmática, pero se recuperó de la misma y que se fue a dormir y ya no despertó».

Según la juez del caso, «no existe ninguna prueba directa» de lo que argumentaban las acusaciones, que «los padres, siendo conscientes del grave riesgo de su salud, con resultado previsible de muerte, omitieron la conducta debida de llevarlo al hospital para ser sometido al tratamiento adecuado», pues la familia Hopkins vivía en situación de aislamiento.

El fiscal había solicitado en el juicio, celebrado el pasado 29 de noviembre, una pena de 3 años y 3 meses de cárcel por considerarlos culpables de un delito de homicidio por imprudencia grave, con la agravante de parentesco.

Consideró que «antepusieron su planteamiento religioso, moral o ético a la vida del menor», y «no hicieron nada, se dedicaron a rezar».

El abogado defensor pidió la absolución porque entendía que los padres siempre dieron al niño el cuidado y tratamiento necesarios, tanto tradicional como homeopático, y no tenían responsabilidad directa en la muerte.

Nota Principal

Ordenan indemnización millonaria por accidente aéreo en Cuba que dejó 112 muertos

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Un juez mexicano ordenó el pago de indemnizaciones tras el accidente aéreo ocurrido en 2018 en Cuba, donde murieron 112 personas, al determinar que el siniestro estuvo relacionado con fallas en el mantenimiento de la aeronave.

De acuerdo con documentos judiciales fechados el 31 de marzo y consultados por The Washington Post a través de la Agencia AP, un peritaje independiente concluyó que el hecho fue un “accidente institucional” derivado de negligencia sistemática en los trabajos de mantenimiento, señalando que el avión no debió despegar.

Con base en estos hallazgos, el juez resolvió que la empresa Aerolíneas Damojh, que operaba bajo el nombre comercial Global Air, deberá pagar 1.5 millones de dólares a cada una de las familias de los cuatro tripulantes mexicanos que promovieron la demanda inicial. La aerolínea no se presentó al juicio, por lo que fue sentenciada en ausencia.

El accidente involucró un Boeing 737 que se desplomó en un campo agrícola poco después de despegar del Aeropuerto Internacional José Martí. De las 113 personas a bordo, solo una mujer sobrevivió, mientras que la mayoría de las víctimas eran de nacionalidad cubana.

El informe pericial citado establece que los pilotos fueron la última línea de defensa, sin lograr evitar el impacto. Asimismo, señala que la causa principal fue la falta de mantenimiento adecuado por parte de la empresa propietaria.

El abogado de los demandantes, Samuel González, afirmó que desde el primer día en La Habana, el jefe de mantenimiento de la compañía reconoció ante los familiares que la aeronave no debía estar en operación.

La sentencia también identificó omisiones en los protocolos y deficiencias en la supervisión, factores que derivaron en el accidente y en la apertura de procesos legales por homicidio y demandas colectivas.

Mientras en Cuba las autoridades atribuyeron el hecho a error humano, en México se suspendió temporalmente a la empresa y se inició una investigación, sin que hasta el momento se haya informado su avance.

El litigio continúa, ya que se mantiene una demanda civil colectiva en representación de las víctimas, además de una denuncia penal ante la Fiscalía General de la República. Según la defensa, la investigación enfrenta obstáculos debido a la falta de información por parte de autoridades cubanas.

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