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A la cárcel, sujeto que quemó a su hijastro con cera en partes íntimas

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Un Tribunal de Guatemala decidió hoy imponer una pena de tres años de cárcel, conmutables a razón de 65 centavos de dólar al día, a un hombre que fue encontrado culpable de quemar con cera a su hijastro en sus partes íntimas.

El sentenciado, Óscar Arnulfo Castañeda Orellana, fue hallado culpable de un delito de «maltrato contra personas menores de edad» según el fallo del Tribunal de Sentencia Penal de Petén, aunque le da la opción de cumplir su pena pagando 5 quetzales al día (65 centavos de dólar).

La investigación señaló que los hechos tuvieron lugar el 27 de julio de 2017, cuando Castañeda Orellana, que vive en la aldea La Pita del municipio de Santa Ana, se llevó a su hijastro de 8 años de edad para que «lo ayudara en actividades agrícolas».

El menor tenía que limpiar un potrero, pero como no se agachaba bien su padrastro «lo acostó en un banca, le bajó el pantalón y con una candela encendida le dejó caer la cera caliente en sus partes íntimas», provocándole quemaduras de primero y segundo grado.

De acuerdo con Unicef, en Guatemala dos niños fallecen al día, otros 40 se quedan huérfanos a consecuencia de la violencia, unos 31 sufren maltrato y 23 son víctimas de abusos sexuales, lo que se traduce en que 6 niñas dan a luz a diario bebés tras una violación.

La Procuraduría de Derechos Humanos señaló que en 2017 un total de 5.635 menores de edad fueron víctimas de maltrato o violencia sexual.

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Ordenan indemnización millonaria por accidente aéreo en Cuba que dejó 112 muertos

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Un juez mexicano ordenó el pago de indemnizaciones tras el accidente aéreo ocurrido en 2018 en Cuba, donde murieron 112 personas, al determinar que el siniestro estuvo relacionado con fallas en el mantenimiento de la aeronave.

De acuerdo con documentos judiciales fechados el 31 de marzo y consultados por The Washington Post a través de la Agencia AP, un peritaje independiente concluyó que el hecho fue un “accidente institucional” derivado de negligencia sistemática en los trabajos de mantenimiento, señalando que el avión no debió despegar.

Con base en estos hallazgos, el juez resolvió que la empresa Aerolíneas Damojh, que operaba bajo el nombre comercial Global Air, deberá pagar 1.5 millones de dólares a cada una de las familias de los cuatro tripulantes mexicanos que promovieron la demanda inicial. La aerolínea no se presentó al juicio, por lo que fue sentenciada en ausencia.

El accidente involucró un Boeing 737 que se desplomó en un campo agrícola poco después de despegar del Aeropuerto Internacional José Martí. De las 113 personas a bordo, solo una mujer sobrevivió, mientras que la mayoría de las víctimas eran de nacionalidad cubana.

El informe pericial citado establece que los pilotos fueron la última línea de defensa, sin lograr evitar el impacto. Asimismo, señala que la causa principal fue la falta de mantenimiento adecuado por parte de la empresa propietaria.

El abogado de los demandantes, Samuel González, afirmó que desde el primer día en La Habana, el jefe de mantenimiento de la compañía reconoció ante los familiares que la aeronave no debía estar en operación.

La sentencia también identificó omisiones en los protocolos y deficiencias en la supervisión, factores que derivaron en el accidente y en la apertura de procesos legales por homicidio y demandas colectivas.

Mientras en Cuba las autoridades atribuyeron el hecho a error humano, en México se suspendió temporalmente a la empresa y se inició una investigación, sin que hasta el momento se haya informado su avance.

El litigio continúa, ya que se mantiene una demanda civil colectiva en representación de las víctimas, además de una denuncia penal ante la Fiscalía General de la República. Según la defensa, la investigación enfrenta obstáculos debido a la falta de información por parte de autoridades cubanas.

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