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México

Estos son los lineamientos para afiliar a empleadas del hogar al IMSS

El Diario Oficial de la Federación publicó los lineamientos de operación del programa piloto para afiliar al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a personas trabajadoras del hogar.

En un comunicado, el IMSS detalló que los patrones podrán afiliar a las trabajadoras del hogar de manera digital en su página www.imss.gob.mx o en la subdelegación más cercana a su domicilio.

El instituto explicó que para la inscripción a la prueba piloto se debe contar con el nombre completo del trabajador, domicilio, número de seguridad social, salario mensual y Clave Única de Registro de Población (CURP).

En caso de no contar con su Número de Seguridad Social (NSS), las personas trabajadoras del hogar pueden tramitarlo en la página de Internet del Instituto (www.imss.gob.mx), mediante la aplicación móvil IMSS Digital o en la subdelegación que corresponda a su domicilio.

Asimismo, se debe contar con el nombre completo, domicilio y de manera opcional la CURP del patrón o de todos los patrones, cuando el trabajador labore en más de un lugar.

El IMSS agregó que se deberán cubrir las cuotas de pago por mes anticipado, conforme al salario base de cotización mensual y los días laborados con cada patrón.

Tratándose de trabajadores del hogar que laboren exclusivamente para un patrón durante todo el mes (ya sea de planta, es decir que habiten en la misma casa que el patrón, o de entrada por salida), éste deberá cubrir la totalidad de las cuotas obrero patronales correspondientes al periodo.

Los casos en que los trabajadores laboren con más de un patrón, cada uno de ellos deberá cubrir el monto correspondiente a las cuotas obrero patronales proporcionales a los días que el trabajador labore con él.

Excelsior

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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