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Chihuahua

Exhorta Imss cuidado especial a menores de seis años

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Chihuahua, recomienda a la población mantener el cuidado hacia los pequeños menores de 6 años de edad ante un posible padecimiento de epiglotitis ya que puede producir consecuencias fatales en la salud de los niños.

La epiglotitis es un padecimiento que se caracteriza por la inflamación del cartílago que cubre la tráquea y cuya función normal es prevenir que los alimentos pasen a las vías respiratorias. Es considerada como una enfermedad grave que incluso puede producir la muerte.

Especialistas del Seguro Social informan que esta enfermedad generalmente es causada por la bacteria haemophilus influenzae, pero también puede ser producida por otros virus y bacterias. Afecta principalmente a niños entre los dos y seis años de edad siendo extraña su aparición en niños mayores a este rango de edad y adultos.

Cuando la inflamación progresa, el niño presenta afonía, estridor (ruidos al respirar), dificultad respiratoria y babeo exagerado, todo esto producido por la inflamación de la epiglotis que impide el paso de aire a los pulmones y la correcta deglución de saliva.

Corporalmente el niño adopta una postura muy peculiar cuando está sentado en la cual ubica su cuerpo hacia adelante con la cabeza flexionada hacía atrás, barbilla levantada y con la boca abierta.

Este padecimiento también produce dolor de garganta al tragar y fiebre, síntomas similares a otras enfermedades de temporada, de ahí la importancia de acudir con oportunidad a las Unidades de Medicina Familiar (UMF) para que el pequeño sea valorado por su médico familiar y reciba la atención oportuna.

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Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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