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México declara emergencia sanitaria por COVID-19

El Gobierno de México decretó este lunes emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor a la epidemia del coronavirus.

La emergencia tiene vigencia hasta el 30 de abril.

La determinación, tomada por el Consejo de Salubridad General, implica que la Secretaría de Salud determinará las acciones que deba corresponder a las demás autoridades de los tres órdenes de gobierno.

Entre las medidas se ordena a las secretarías de Hacienda, Economía y Trabajo, así como al IMSS, ISSSTE e Infonavit a «operar las medidas necesarias a fin de proteger empresas y trabajadores por la vigencia de la declaratoria».

Además, se exhorta a que el sector privado deberá adoptar de inmediato modalidades de teletrabajo, trabajo a distancia o análogos, sin que las actividades de sus trabajadores impliquen un acto presencial.

«No estimamos que el sector privado dejase de participar o se opusiese a estas medidas. Hemos encontrado solidaridad, respaldo», dijo el secretario de Relaciones Exteriores, Marcelo Ebrard.

Detalló que había un consenso de que «en el momento en que fuera indispensable que se suspendieran actividades no esenciales, en ese momento todos tenemos que cerrar filas».

Agregó que: «Si no se hace, el daño económico crece, porque va a tomar más tiempo. El impacto al empleo, a la actividad económica va a ser mucho mayor. Hay que actuar por razones de salud y economía. Entre más efectivo sea este mes, más pronto regresaremos a la normalidad».

El canciller además aseguró que las empresas deben pagar completos los salarios de los trabajadores durante la emergencia sanitaria, ya que la ley les impediría incumplir con esta obligación.

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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