Chihuahua
ICHITAIP se integra formalmente al Consejo Estatal de Archivos
El Comisionado Presidente del Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública (ICHITAIP) rindió protesta como integrante del Consejo Estatal de Archivos, organismo que quedó formalmente instalado este 13 de mayo conforme a lo establecido en los artículos 71 y 72 de la Ley de Archivos para el Estado de Chihuahua.
La toma de protesta fue encabezada por Edgar Alberto Rivera Acosta, coordinador jurídico de la Oficina de la Gubernatura y representante de la gobernadora María Eugenia Campos Galván. Durante el acto se destacó la relevancia de los archivos como fuente para el acceso a la información pública.
El Consejo Estatal de Archivos quedó integrado por Cinthia Paola Reynoso Carmona, directora del Archivo General del Estado, como presidenta del organismo; Luisa Andrea Pérez, representante de la Secretaría General de Gobierno; Roberto Javier Fierro Duarte, secretario de la Función Pública; María Isela Martínez, directora del Archivo del Congreso del Estado; Judith Ávila, titular de la Comisión de Planeación Institucional y Transparencia del Órgano de Administración del Poder Judicial; Héctor Alberto Acosta Féxli, auditor superior del Estado, y Eva Trujillo Rodríguez, representante de la Secretaría de Educación.
También se integraron representantes municipales de distintas regiones del estado. Por Casas Grandes participó Prisila María Acosta Villalpando; por Cuauhtémoc, María de Lourdes Pérez de Anda; por Guerrero, Jesús Pérez Garfio; por Chínipas, Néivy Jael Zamarrón Domínguez; por Chihuahua, Roberto Andrés Fuentes Rascón; por Hidalgo del Parral, Jorge Arturo Cordero Burciaga; por Guachochi, Ortensia Eudice Payán Ávila, y por Meoqui, Azucena Aguirre Ortíz, en representación de Jesús Enrique Díaz.
Asimismo, rindieron protesta Yanko Durán Prieto, consejera presidenta del Instituto Estatal Electoral; Jorge Domínguez, representante de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos; Mario Ulises Ramírez Aguilar, representante de la Fiscalía Anticorrupción del Estado, y Pablo Frías Reyes, representante del Tribunal Estatal Electoral.
Tras la instalación del organismo, Edgar Alberto Rivera Acosta señaló que el Consejo Estatal de Archivos tendrá entre sus funciones promover, difundir y vigilar la implementación de las determinaciones emitidas por el Consejo Nacional de Archivos, además de impulsar políticas públicas enfocadas en fortalecer la cultura archivística en la entidad.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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