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México

El Popocatépetl ha registrado 128 exhalaciones en 24 horas: Cenapred

El volcán Popocatépetl ha registrado 128 exhalaciones de baja intensidad en las últimas 24 horas, algunas de ellas acompañadas de vapor de agua y gas, por lo que el semáforo de alerta volcánica está en Amarillo Fase 2.
En su reporte más reciente, el Centro Nacional de Prevención de Desastres (Cenapred) informó que las exhalaciones más importantes se registraron la víspera a las 16:48, las 18:43 y las 21:43.

Este domingo también se registraron dos exhalaciones a las 00:01 horas y a las 9:51 horas, que generaron columnas de menos de 500 metros de altura, con bajo contenido de ceniza que se desplazó en dirección sureste.

Sin embargo, durante esta etapa no se recibieron reportes por caída de ceniza, no obstante se han registrado 45 minutos de tremor de baja amplitud, detalló.

Además, en la madrugada se observó incandescencia sobre el cráter, pero al momento de éste reporte no hay visibilidad del volcán debido a las condiciones meteorológicas.

El Cenapred dio a conocer que el pasado 9 de mayo la estación de monitoreo del volcán identificada como ‘Canario’ presentó fallas debido a que fue vandalizada, situación que posteriormente se restableció.

“La estación Canario es parte importante del sistema de monitoreo del volcán Popocatépetl, por lo que se hizo un llamado a proteger las estaciones de monitoreo, pues coadyuvan a mantener informada a la población sobre la actividad del volcán”, expuso.

Insistió a la población en que no se acerque al volcán, sobre todo al cráter, por el peligro que implica la caída de fragmentos balísticos, situación que se vigila de forma permanente.

Las secretarías de Salud, la Defensa Nacional, la Policía Federal y las Unidades Estatales de Protección Civil de Morelos, Puebla, Estado de México, Distrito Federal y Tlaxcala también están pendientes ante la actividad del volcán.

El Cenapred, que con la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) monitorea la actividad de “Don Goyo”, informó que las explosiones de escala baja a intermedia podrían continuar, así como lluvias de ceniza que irían de leves a moderadas en las poblaciones cercanas.

También hay posibilidades de que se registren flujos piroclásticos y con lodo de corto alcance.

Ante esa situación, pidió a las autoridades continuar con el radio de seguridad de 12 kilómetros, por lo que la permanencia en esa área no está permitida, además de mantener el tránsito controlado entre Santiago Xalitzintla y San Pedro Nexapa, vía Paso de Cortés.

Llamó a las autoridades de Protección Civil a mantener sus procedimientos preventivos, de acuerdo con las planes operativos, y pidió a la población estar atenta a la información oficial que se difunda.

En caso de caída de ceniza, deberán cubrir nariz y boca con un pañuelo húmedo o cubrebocas, limpiar ojos y garganta con agua pura, así como utilizar lentes de armazón.

Se deberán evitar los lentes de contacto para reducir la irritación ocular, además de cerrar ventanas o cubrirlas y permanecer la mayor parte del tiempo en espacios cerrados.

Finalmente, resaltó que el monitoreo del Popocatépetl se realiza de durante 24 horas, por lo que cualquier cambio en su actividad se reportará oportunamente.

El Diario de Yucatán

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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