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Expresidenta surcoreana es condenada a ocho años de prisión

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Un tribunal de Seúl condenó a ocho años de prisión a la expresidenta surcoreana Park Geun Hye por apropiarse de fondos asignados al Servicio de Inteligencia Nacional (NIS, por sus siglas en inglés) y por interferir en procesos electorales durante su mandato.

El Tribunal del Distrito Central de Seúl dictó el veredicto de culpabilidad, transmitido en directo por televisión, a la acusada, de 66 años de edad, que ya se encuentra cumpliendo una pena de 24 años de prisión por los cargos de tráfico de influencias en un escándalo nacional que causó su destitución.

La fiscalía demandó 15 años de prisión para la exmandataria.
Park no se presentó al juicio celebrado este viernes, porque se niega a comparecer en un proceso que ha criticado por considerarlo «motivado políticamente», acusando a los jueces y la fiscalía de ser parciales.

A comienzos de enero la fiscalía acusó a Park de cargos adicionales, que incluyen el soborno, la malversación y la pérdida de fondos estatales, por «recibir ilegalmente» 3 mil 8 millones de dólares del NIS entre mayo de 2013 y septiembre de 2016.

Además, Park fue inculpada de intervenir en las nominaciones de candidatos del entonces gobernante Partido Saenuri durante las elecciones generales de 2016.

Sin embargo, este viernes, el tribunal absolvió a Park de los cargos de soborno, diciendo que las provisiones de los fondos del NIS a la oficina de Park no fueron concedidas a cambio de favores.

El tribunal reconoció que, tradicionalmente, el NIS ofrece fondos a la oficina presidencial, Cheong Wa Dae, de sus propias arcas estatales, conocidos como fondos irrastreables para actividades especiales.

El hecho de que los entonces jefes del NIS hayan concedido montos fijos, y regularmente, a la Oficina del Presidente durante la administración Park, difiere de la forma convencional de pagar a alguien un soborno, que generalmente es un monto de pago único.

Park se encuentra acusada de emplear cierta suma para su uso personal, como el pago de las cuentas de teléfonos móviles secretos que utilizó para contactar con su confidente íntima, Choi Soon-sil, los costos de mantenimiento de su residencia privada en el sur de Seúl y tratamientos médicos.

Los fondos también fueron utilizados para conceder incentivos y gratificaciones a sus asesores cercanos.

La sentencia del tribunal está en consonancia con el veredicto, de la semana pasada, en un juicio independiente contra tres de sus antiguos asesores, que también fueron juzgados por su involucración en el caso de soborno del NIS.

Entonces, el tribunal los declaró inocentes de los cargos de soborno, dictaminando que las concesiones del NIS a Cheong Wa Dae no podían ser consideradas como tales.

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Ordenan indemnización millonaria por accidente aéreo en Cuba que dejó 112 muertos

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Un juez mexicano ordenó el pago de indemnizaciones tras el accidente aéreo ocurrido en 2018 en Cuba, donde murieron 112 personas, al determinar que el siniestro estuvo relacionado con fallas en el mantenimiento de la aeronave.

De acuerdo con documentos judiciales fechados el 31 de marzo y consultados por The Washington Post a través de la Agencia AP, un peritaje independiente concluyó que el hecho fue un “accidente institucional” derivado de negligencia sistemática en los trabajos de mantenimiento, señalando que el avión no debió despegar.

Con base en estos hallazgos, el juez resolvió que la empresa Aerolíneas Damojh, que operaba bajo el nombre comercial Global Air, deberá pagar 1.5 millones de dólares a cada una de las familias de los cuatro tripulantes mexicanos que promovieron la demanda inicial. La aerolínea no se presentó al juicio, por lo que fue sentenciada en ausencia.

El accidente involucró un Boeing 737 que se desplomó en un campo agrícola poco después de despegar del Aeropuerto Internacional José Martí. De las 113 personas a bordo, solo una mujer sobrevivió, mientras que la mayoría de las víctimas eran de nacionalidad cubana.

El informe pericial citado establece que los pilotos fueron la última línea de defensa, sin lograr evitar el impacto. Asimismo, señala que la causa principal fue la falta de mantenimiento adecuado por parte de la empresa propietaria.

El abogado de los demandantes, Samuel González, afirmó que desde el primer día en La Habana, el jefe de mantenimiento de la compañía reconoció ante los familiares que la aeronave no debía estar en operación.

La sentencia también identificó omisiones en los protocolos y deficiencias en la supervisión, factores que derivaron en el accidente y en la apertura de procesos legales por homicidio y demandas colectivas.

Mientras en Cuba las autoridades atribuyeron el hecho a error humano, en México se suspendió temporalmente a la empresa y se inició una investigación, sin que hasta el momento se haya informado su avance.

El litigio continúa, ya que se mantiene una demanda civil colectiva en representación de las víctimas, además de una denuncia penal ante la Fiscalía General de la República. Según la defensa, la investigación enfrenta obstáculos debido a la falta de información por parte de autoridades cubanas.

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