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IPAB revoca licencia a CI Banco y ordena su liquidación tras señalamientos de lavado de dinero

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El Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) anunció la revocación de la licencia a CI Banco, lo que da inicio al proceso de liquidación de esta firma financiera mexicana. La medida se produce luego de los presuntos señalamientos de lavado de dinero emitidos por el Departamento del Tesoro de Estados Unidos el pasado 25 de junio de 2025.

Como consecuencia, todas las sucursales de CI Banco dejarán de operar a partir del viernes 10 de octubre de 2025, según informó el IPAB, que supervisará el cierre de operaciones y la protección de los recursos de los clientes.

La liquidación de la institución financiera se realizará bajo los lineamientos establecidos por la autoridad bancaria, con el objetivo de garantizar el cumplimiento de las obligaciones hacia los ahorradores y la transparencia en el proceso.

El caso se mantiene en desarrollo, mientras las autoridades mexicanas y estadounidenses continúan con las investigaciones relacionadas con las presuntas irregularidades financieras que llevaron a esta medida.

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Liquidación por despido: qué debe incluir y cuándo corresponde

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La liquidación por despido es una indemnización que corresponde a los trabajadores cuando la relación laboral termina por decisión de la empresa sin una causa justificada, de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Este derecho aplica cuando el patrón concluye el contrato por motivos ajenos al trabajador, ante el cierre de la empresa o sucursal, por recortes de personal o cuando el empleado decide separarse del cargo debido a una falta grave atribuible al empleador.

Además de la liquidación, los trabajadores tienen derecho a recibir un finiquito, que contempla el pago de salarios pendientes y prestaciones proporcionales generadas hasta la fecha de terminación de la relación laboral.

El finiquito incluye conceptos como el salario correspondiente a los días trabajados, la parte proporcional del aguinaldo, las vacaciones no disfrutadas y la prima vacacional. Los montos varían según el sueldo, la antigüedad y las condiciones contractuales de cada trabajador.

En casos de despido injustificado, la liquidación incorpora una indemnización adicional. Para calcularla se toma como referencia el Salario Diario Integrado (SDI), que considera prestaciones como aguinaldo y prima vacacional.

El artículo señala el caso de un trabajador con un salario mensual bruto de 15 mil pesos, tres años de antigüedad, vacaciones pendientes y 112 días laborados en el año. Bajo ese supuesto, el finiquito sería de 13 mil 369.84 pesos, mientras que la indemnización alcanzaría 47 mil 340.09 pesos. A ello se sumarían 31 mil 560 pesos correspondientes a 20 días de salario por cada año trabajado, para un total estimado de 92 mil 269.93 pesos.

La legislación contempla que la indemnización por despido injustificado incluya tres meses de salario, prima de antigüedad cuando corresponda, así como las partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional pendientes de pago.

Respecto a los 20 días de salario por año trabajado, estos proceden cuando el patrón se niega a reinstalar al trabajador tras un despido injustificado, cuando existe una rescisión laboral atribuible al empleador o cuando concluyen anticipadamente contratos temporales o eventuales.

La diferencia principal entre finiquito y liquidación radica en la causa de terminación de la relación laboral. El finiquito corresponde en cualquier conclusión del vínculo de trabajo, mientras que la liquidación aplica únicamente en supuestos específicos como despidos injustificados, reajustes de personal o cierres de empresas.

El monto final de una liquidación puede variar según las prestaciones y condiciones particulares establecidas en cada contrato laboral.

Para leer más artículos de educación financiera, entra al Blog de Bankaool

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