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México

Por estancias infantiles hay mil 320 amparos en 22 estados

Suman ya mil 320 amparos interpuestos en 22 entidades federativas por operadores de estancias infantiles, contra la resolución presidencial de eliminar el subsidio federal a estos centros de atención de menores.

De estas, cinco han sido avaladas; cuatro en Nuevo León y una en Chihuahua, según informó el senador de Movimiento Ciudadano, Samuel García, quien agregó que el número de amparos presentados podrían ser más si se incluyen los que se tramitan vía el Partido Acción Nacional.

El legislador detalló que los primeros amparos avalados fueron los interpuestos por él mismo, en Nuevo León, por los que el juez ordenó la suspensión de las nuevas reglas “que desconocen a las estancias y quieren dar el recurso directo a las madres, vía censos apócrifos que está haciendo Morena”.

García precisó que, además de tres medidas judiciales que incluyen la suspensión de las nuevas reglas, el pago del monto etiquetado en el presupuesto de 2019 para las estancias y el efecto retroactivo de enero a marzo, se incluye un apercibimiento de no cumplimiento, que se sanciona con destitución e incluso con cárcel, contra las autoridades responsables.

El juez incluyó ayer un párrafo expreso donde se le dice a la autoridad que, en caso de desobediencia, en 24 horas se constituye el delito del artículo 12 y 2 de la Ley de Amparo, de desacato”, puntualizó.
A pesar de reconocer que el lapso para acatar la resolución es “muy corto”, Samuel García afirmó que “en la práctica, jamás he visto que una autoridad incumpla, porque quién va a arriesgar su pellejo por una necedad”.

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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