Dinero
Ricardo Salinas Pliego promete saldar su deuda con el SAT en 10 días y presume acuerdo fiscal con AMLO
Ciudad de México.– El empresario Ricardo Salinas Pliego, dueño de TV Azteca y Elektra, anunció que está dispuesto a liquidar su deuda con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en un plazo no mayor a diez días. Durante la celebración de su cumpleaños, el magnate informó que envió documentos al fisco para conocer con precisión el monto exacto del adeudo y proceder a su pago.
Salinas Pliego difundió además en redes sociales los oficios enviados al SAT, así como comunicaciones dirigidas a la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, y al expresidente Andrés Manuel López Obrador. En la carta enviada al SAT en octubre de 2025, solicitó una definición clara del adeudo “conforme a derecho” y “sin doble cobro”, señalando que los aspectos legales ya habían sido resueltos.
El empresario recordó que en octubre de 2024 había intercambiado cartas con Sheinbaum en las que detalló un acuerdo fiscal alcanzado con López Obrador, según el cual se estableció que las pérdidas fiscales de sus empresas no eran deducibles, y que se comprometían a pagar 7 mil 600 millones de pesos. Salinas Pliego señaló que ya había realizado un primer pago en octubre de 2022 por 2 mil 700 millones de pesos correspondiente a un crédito fiscal de 2006, el cual incluso fue dado a conocer por López Obrador en una conferencia matutina.
No obstante, acusó al SAT de no entregar todos los expedientes correspondientes, limitándose únicamente a los casos de 2013, lo que impidió que la Suprema Corte resolviera los asuntos de 2008 a 2012. El empresario calificó esta acción como una “maniobra perversa” que mantuvo los expedientes “guardados en el cajón” durante meses, señalando que fue el gobierno anterior quien decidió desconocer el acuerdo originalmente pactado.
Además, Salinas Pliego afirmó haber enfrentado presiones por parte de magistrados y ministros del Poder Judicial, por lo que solicitó los impedimentos correspondientes para garantizar un juicio objetivo e imparcial, sin revelar nombres específicos.
Con estas declaraciones, el empresario reafirma su intención de resolver su situación fiscal, mientras denuncia irregularidades en la ejecución de los acuerdos establecidos por el gobierno federal previo.
Dinero
Prima vacacional 2026: así puedes calcular cuánto te corresponde
La prima vacacional es un pago adicional al salario que reciben las personas trabajadoras durante su periodo de vacaciones. Por ley, este concepto debe ser de al menos 25 por ciento del salario correspondiente a los días de descanso.
El artículo 80 de la Ley Federal del Trabajo establece este porcentaje mínimo, aunque algunas empresas pueden otorgar una prima mayor como parte de sus prestaciones laborales.
El monto que recibe cada trabajador puede variar, incluso entre personas con el mismo salario, debido principalmente a la antigüedad y al número de días de vacaciones que corresponden.
Desde la reforma conocida como Vacaciones Dignas, las personas trabajadoras tienen derecho a un mínimo de 12 días de vacaciones desde el primer año laboral. El periodo aumenta en dos días por cada año consecutivo hasta llegar a 20 días en el quinto año.
Para calcular la prima vacacional primero se obtiene el salario diario. Después, este se multiplica por los días de vacaciones correspondientes y por el 25 por ciento establecido como mínimo legal.
Por ejemplo, una persona con un salario mensual bruto de 15 mil pesos y dos años de antigüedad tiene derecho a 14 días de vacaciones.
El salario diario se obtiene al dividir los 15 mil pesos entre 30 días, lo que da 500 pesos.
Posteriormente, se multiplica el salario diario por los 14 días de vacaciones y por 0.25. El resultado es una prima vacacional de mil 750 pesos.
La prima debe aparecer desglosada en el recibo de nómina bajo el concepto correspondiente, junto con el monto y las retenciones aplicables.
En materia fiscal, la prima vacacional está exenta del Impuesto Sobre la Renta hasta el equivalente a 15 UMAs por año fiscal. Con una UMA de 117.31 pesos, el monto señalado es de mil 759.65 pesos. El excedente queda sujeto a la retención correspondiente.
Es importante distinguir entre las vacaciones pagadas y la prima vacacional. Las primeras corresponden a los días de descanso durante los cuales se conserva el salario, mientras que la segunda es el pago adicional equivalente, como mínimo, al 25 por ciento del salario correspondiente a esos días.
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