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México

Permiten que todas las empresas y gobiernos locales comprar vacunas

El Presidente Andrés Manuel López Obrador dijo esta mañana que toda empresa o Gobierno local que quiera comprar la vacuna puede hacerlo, y sólo hay un requisito: presentar la orden de compra con un laboratorio viable.

“Quiero adelantar que he dado instrucciones al Secretario de Salud, al doctor Jorge Alcocer, para que hoy mismo se emita un comunicado estableciendo que cualquier empresa o Gobierno local que quiera adquirir vacunas para aplicarlas en México tiene autorización, sólo que deben de anexar a la solicitud el contrato de adquisición de las vacunas, la cantidad y la farmacéutica”, anunció.

El mandatario afirmó que es para todos en general, tanto para el sector público como privado, por lo que insistió en que deben presentar el contrato de que ya adquirieron la vacuna, cuándo va a llegar y que sea de una farmacéutica autorizada, “por ejemplo, Pfizer, AstraZeneca, las que ya están autorizadas, que se están aplicando en el mundo, que se han autorizado en México o están por autorizarse y también en dónde las van a aplicar”.

“Esto último para que no haya duplicidades porque existe un plan nacional de vacunación. Nosotros vamos a cumplir con el compromisos de vacunar a todos los mexicanos. La vacuna es universal y gratuita. Estamos aplicando ese plan y adquiriendo las vacunas. Ya se tienen los contratos, ya tenemos el presupuesto y hemos decidido vacunar primero a los médicos y enfermeras de hospitales COVID”, señaló.

Durante su conferencia de prensa matutina, López Obrador recordó que el segundo grupo prioritario en el plan son todos los adultos mayores, ya que se trata de una parte de la población vulnerable o con riesgo elevado de contraer la COVID-19.

“Queremos vacunarlos lo más pronto posible, antes de que termine marzo, en dos meses. Para eso tenemos ya compromisos de envíos de dosis suficientes y de ahí seguimos con quienes tienen menos de 60 años con enfermedades crónicas y también con maestros donde lo vaya permitiendo el semáforo hasta vacunar a todos, pero hay un orden”, subrayó.

Desde Palacio Nacional, aclaró que dio esta instrucción porque no quiere que se malinterprete que hay empresas con la intención de comprar vacunas “y no se les permite porque el Gobierno ejerce un monopolio de la aplicación de las vacunas”.

El Gobierno de México, país que lleva mas de 500 mil dosis aplicadas a personal de la salud, había prohibido hasta ahora a los gobernadores de los 32 estados comprar vacunas para no interferir en el plan de vacunación federal, que arrancó el 24 de diciembre pasado, ante la escasez mundial de fármacos.

López Obrador decidió este viernes autorizarlos para que el asunto “no se preste a la politiquería”. También dijo que “no hay ningún problema” si los gobernadores quieren llevar a cabo su propio plan de vacunación, aunque recordó que el Gobierno federal tiene un plan para que en 2022 estén vacunados los 130 millones de mexicanos.

Este anuncio del Presidente llega un día después de que la misma Secretaría de Salud federal se expresara en contra de descentralizar la vacunación en los gobiernos estatales, algunos de los cuales han sido muy críticos con el plan del Gobierno central.

“Desde el punto de vista técnico, el lineamiento es recomendar que eso no se haga porque entonces cada quien va por la suya y entonces no hablamos de una estrategia de Estado”, dijo el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud de México, Hugo López-Gatell, en la conferencia de prensa.

Parte del sector privado también ha reclamado en las últimas semanas tener acceso a la compra de vacunas para su comercialización.

La Unión Nacional de Empresarios de Farmacias (Unefarm) anunció a finales de diciembre contactos con la farmacéutica Pfizer para comprar su vacuna una vez se abra la venta del fármaco a las empresas.

A pesar de la autorización para que adquieran vacunas, López Obrador avisó a los gobiernos estatales y a las empresas que “no es fácil” comprar las vacunas “porque no hay producción suficiente en el mundo”.

Y recordó que en marzo el Gobierno federal prevé haber vacunado a todos los adultos mayores, por lo que la mortalidad caerá un 80 por ciento, estimó.

“Si en mayo o en junio consiguen la vacuna y quieren hacerlo (que lo hagan). Ya nosotros para entonces vamos a estar casi por terminar”, dijo.

México reportó el jueves su máximo diario de muertes, con mil 803, y el récord de contagios, con 22 mil 339, para acumular un total de 146 mil 174 decesos un millón 711 mil 283 enfermos desde el inicio de la pandemia.

Fuente: SinEmbargo

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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