Conecta con nosotros

México

Consejeros electorales ganarán una lanita extra de tan solo $183 mil 199

El Instituto Federal Electoral (IFE) publicó ayer su Manual de Percepciones para 2012, según el cual los emolumentos netos de los consejeros electorales será de 183 mil 199 pesos, en tanto el secretario general devengará 151 mil 379 y los directores ejecutivos 130 mil 662 pesos.

El monto global de los ingresos de los nueve consejeros, incluidas compensaciones garantizadas y otras prestaciones, será de 36.5 millones de pesos.

El otorgamiento extensivo del bono electoral a todos los funcionarios –incluidos los consejeros e integrantes de la junta general ejecutiva– enfrentará un problema legal que anteriormente no tenía: la ley de salarios máximos. Dicha legislación establece que ningún funcionario público puede devengar percepciones superiores a las del Presidente de la República, lo que supone que la entrega del bono a los altos mandos del IFE podría colocarlos en la ilegalidad, motivo por el cual se realizan revisiones sobre su viabilidad.

Según el manual de percepciones, el monto global de los salarios en el año que percibirían los nueve consejeros electorales ascendería 36.5 millones de pesos; el secretario ejecutivo, 3.4 millones, y siete directores ejecutivos, 22 millones de pesos.

Adiós a fondo inmobiliario

Por otro lado, el contralor general del IFE, Gregorio Guerrero Pozas, se refirió a la decisión de la Junta General Ejecutiva del organismo electoral de regresar a la Tesorería de la Federación los 348 millones de pesos de su fondo inmobiliario, mismo que conformó a partir de presuntos ahorros del ejercicio presupuestal correspondiente a 2010.Aquí el problema fue que no hicieron las cosas como lo prevé la ley, dijo.

Clic para comentar

You must be logged in to post a comment Login

Leave a Reply

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto