Conecta con nosotros

México

ALDF solicitará revocación de concesión a MVS

DiariodelaCiudad.mx.- Por considerar que se han vulnerado diversas disposiciones constitucionales, violando gravemente derechos fundamentales, mañana martes el Diputado Presidente de la Asamblea Legislativa, Manuel Alejandro Robles Gómez, los diputados Víctor Hugo Lobo, Alberto Martínez Urincho y Diego Raúl Martínez solicitarán la revocación del título de concesión de la frecuencia 102.5, de la empresa MVS Stereorey.

La petición se da a un mes de que la empresa MVS Radio anunciara su decisión de terminar la relación laboral con la periodista Carmen Aristegui, que se dio luego del despido de los reporteros Daniel Lizárraga e Irving Huerta quienes fueron los investigadores de los reportajes sobre la ostentosa casa blanca propiedad de Angélica Rivera, esposa del Presidente Enrique Peña Nieto, así como del caso del presunto delito de trata de mujeres por parte del ex líder del Partido Revolucionario Institucional, Cuauhtémoc Gutiérrez de la Torre, entre otros reportajes relevantes.

La propuesta con punto de acuerdo explica que, de entre todos los programas informativos escuchados a nivel nacional, el de Carmen Aristegui se caracterizaba por ser uno de los de mayor seriedad en el manejo de su información; por ejercer el periodismo de investigación, y se ganó la credibilidad y el respeto por parte de las audiencias debido a la publicación de diversos casos de corrupción que afectan a la sociedad mexicana, como la utilización de recursos públicos, la trata de mujeres, enriquecimiento ilícito, abuso de poder entre otros, como los casos mencionados.

Dio como antecedente que, en el año de 2011, luego de difundir las acusaciones de un legislador de la cámara de diputados referentes al presunto alcoholismo de Felipe Calderón Hinojosa, la empresa MVS también dio por terminada su relación laboral con la periodista, aunque gracias a la presión social, la reinstaló días más tarde. Es decir, no es la primera vez que reacciona para defender los intereses políticos del gobierno en turno, y soslayar los derechos fundamentales de la sociedad, de estar informados, y los derechos de las audiencias establecidos en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

En las dos ocasiones –indica la exposición de motivos-, derivado del despido de la periodista Carmen Aristegui Flores, miles de personas han sentido agraviadas y se han manifestado públicamente en las calles, en redes sociales, blogs así como a través de los líderes de opinión nacionales, llegando incluso a trascender a importantes medios internacionales, quienes en la segunda ocasión expresaron que el acallar al conjunto de periodistas es una represalia por parte de un régimen autoritario en un país que no termina de desarrollarse. El anuncio del término de la relación laboral motivó también que la periodista presentara una queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos por atentar en contra de su libertad de expresión.

La propuesta invoca el artículo 6º constitucional, que indica “toda persona tiene derecho al libre acceso a la información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión. Refiere la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que establece el “interés general” tanto en el desarrollo como en la explotación del espectro radioeléctrico, que es un bien nacional y por ello se debe tomar en cuenta a la sociedad.

También evoca al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y al Pacto de San José, signado por México, que indican: Nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones. 2. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección, el cual no puede estar sujeto a previa censura.

“A la luz de los acontecimientos y tomando en cuenta la afectación de las audiencias, la cancelación de un programa que dio a conocer diversos casos de corrupción en donde estuvo implicada la clase política se vislumbra, a todas luces, como una decisión calculada con el fin de acallar esas denuncias e impedir la publicación de las investigaciones que estaban en curso”, aseguró el diputado Alejandro Robles.

Afirmó que, al impedir ser difundidas esas investigaciones anunciadas se incurre en graves violaciones de derechos humanos tanto a la sociedad mexicana, al limitar el derecho de acceso a la información de datos que se conocieron solamente a través de ese equipo de comunicadores, como las perpetradas en contra de la libertad de expresión, al acallar a la periodista y a su equipo.

Por ello, sostuvo que tanto la Comisión Nacional de Derechos como el Instituto Federal de Telecomunicaciones deben tomar acciones a fin de preservar el interés de la sociedad para preservar el derecho de las audiencias y la libertad de expresión, restituir el programa de la periodista, no otorgar más concesiones y revocar la correspondiente a la frecuencia 102.5 de FM a la empresa MVS.

“Por el momento político de los sucesos es evidente y notorio que la expresión y difusión de información por parte de estos periodistas acallados es con el fin de evitar que los ciudadanos no accedan al periodismo de investigación que este programa presentaba, por lo cual hay una afectación, tanto en el acceso a la información de los ciudadanos como en el voto informado.

Aseguró que es una obligación del Estado vigilar, proteger y sancionar las violaciones cometidas en esta materia, o de lo contrario estaría incurriendo en una grave omisión a la protección de derechos fundamentales.

“Ante estas circunstancias es impensable que el Estado Mexicano continúe adjudicando radio frecuencias a esta empresa informativa e incluso se debe retirar la concesión, pues una de las principales garantías de una democracia es el ejercicio de la libertad de expresión y el derecho de acceder a la información por parte de su sociedad, y solo en los regímenes despóticos y totalitarios se acalla a periodistas y se priva o limita el acceso de información a sus ciudadanos”, concluyó.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto