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México

Red de Acción y Ética Política reconoce trabajo y compromiso de Rocío Reza

La Red de Acción y Ética Política (RAEP), otorgó un reconocimiento a la diputada federal Rocío Reza, por su trabajo y compromiso como integrante de dicha red, siendo además de la generación fundadora. Lo anterior como parte del evento “México en el contexto electoral 2015: El desafío de recuperar la confianza”, que contó con la participación del Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), entre otros.

La Red de Acción y Ética Política (RAEP), otorgó un reconocimiento a la diputada federal Rocío Reza, por su trabajo y compromiso como integrante de dicha red, siendo además de la generación fundadora. Lo anterior como parte del evento “México en el contexto electoral 2015: El desafío de recuperar la confianza”, que contó con la participación del Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), entre otros.

“Agradezco que la Red de Acción y Ética Política, me haya hecho parte de esta gran iniciativa que busca a través de los legisladores, mejorar las prácticas en el ámbito legislativo y reivindicar el papel del político”, dijo Rocío Reza.

 La Red de Acción Ética Política es un espacio de encuentro entre legisladores de todos los partidos políticos, empresarios y líderes sociales que comparten principios y convicciones por promover y defender la dignidad de la vida de toda persona, revalorizar la importancia del matrimonio y la familia para el futuro de la sociedad y afirmar la libertad religiosa como un derecho humano fundamental.

Rocío Reza mencionó que la RAEP también busca fomentar de manera urgente, prácticas y relaciones honestas y transparentes, libres de corrupción, a través del comportamiento ético en la política y vida social, comenzando indicó, por la clase política.

Como integrante de la red, la legisladora panista precisó que para lograr los objetivos anteriormente señalados, se organizan espacios, tales como encuentros y foros de reflexión con la participación de líderes internacionales en diversos campos del quehacer público y académico.

Por último, explicó que periódicamente se organizan seminarios de formación técnica y humana, así como sesiones de planeación y articulación de una agenda para promover leyes y políticas públicas a favor de la agenda de principios rectores, así como foros nacionales e internacionales que fomentan la discusión y argumentación pública de la visión como país y sociedad global.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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