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México

Pide López Obrador a Mireles se disculpe por dichos misóginos

El presidente de la república, Andrés Manuel López Obrador pidió «perdonar» las expresiones misóginas y denostativas emitidas por el subdelegado del ISSSTE en Michoacán, José Manuel Mireles, quien en días recientes se ha referido a las mujeres como «pirujas” y “nalguitas».

El mandatario mexicano fue cuestionado sobre si la conducta del funcionario federal amerita su renuncia o despido dada la reiterada manera de referirse al sexo femenino.

El presidente López Obrador rechazó esa posibilidad y consideró que las autoridades competentes deben intervenir en el asunto, siempre y cuando exista una denuncia.

«Les aseguro que podría yo pedirle la renuncia, pero vamos a que todos nos perdonemos y estemos dispuestos a rectificar», estimó ante periodistas.

—Si no hay denuncia, ¿qué le dice usted al doctor Mireles?

—Puede ser que si no hay denuncia, no hay quien resuelva esto, que sí existe, hay instancias; entonces yo, antes de pedir la renuncia le pediría que ofreciera públicamente una disculpa, —añadió el presidente al considerar innecesario que Mireles Valverde ofrezca las disculpas en el marco de la conferencia de prensa de Palacio Nacional.
A juicio del presidente, la disculpa de Mireles debe ser sincera e ir acompañada de una instrucción.

«Vamos a pedirle que desde ahora, que hoy mismo ofrezca una disculpa pública y que no sólo exprese eso, no es decir ‘yo ofrezco una disculpa si ofendí a las mujeres’, como es evidente, sino que: ‘hago el compromiso sincero de actuar con respecto a las mujeres y a todas la personas y a todos los seres humanos y hago el compromiso de educarme en esta materia y reconozco que cometí un error; y como ser humano que cometemos errores, lo acepto y al mismo tiempo me comprometo a nunca jamás volverlo hacer’, algo así. O sea, sincero», detalló ante los cuestionamientos.

Excelsior

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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