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México

Culpan al Cártel Jalisco Nueva Generación por el ataque a secretario de seguridad de CDMX

El secretario de Seguridad de la Ciudad de México, Omar García Harfuch, confirmó el “cobarde” ataque que recibió esta mañana en la avenida Paseo de la Reforma y declaró que el grupo delincuencial del Cártel Jalisco Nueva Generación es el presunto autor del suceso.

“Esta mañana fuimos cobardemente atacados por el CJNG, dos compañeros y amigos míos perdieron la vida”, aseguró Omar.

García Harfuch reveló que durante el atentado suscitado alrededor de las 6:38 horas, en el cruce de la calle Sierra Madre y la Avenida Paseo de la Reforma, resultó herido y dos de sus compañeros fallecieron. “Tengo tres impactos de bala y varias esquirlas”.

Pese al atentado en su contra, en el que también fallecieron algunos ciudadanos, reiteró que seguirá en lucha contra los grupos delincuenciales en la capital.

“Nuestra Nación tiene que continuar haciéndole frente a la cobarde delincuencia organizada. Continuaremos trabajando”.

Decenas de casquillos quedaron sobre el asfalto y de acuerdo con los primeros reportes, en la balacera se utilizó una Barret calibre.50, considerada como una de las armas más potentes en el país.

Debido al fuego cruzado, una familia fue víctima del hecho a la altura del Auditorio Nacional, donde una mujer murió y una joven fue trasladada de urgencia a un hospital. De acuerdo con las autoridades, en total hay dos personas fallecidas.

El Cártel Jalisco Nueva Generación es uno de los grupos delincuenciales más temidos y sanguinarios en México, pues tiene presencia en al menos 28 estados del país.

La organización surgió tras la separación del Cártel de Sinaloa en 2010 con Nemesio Oseguera Cervantes mejor conocido como “El Mencho”, como líder del grupo criminal.

De la mano de varias células delictivas, han ganado territorio en estados como Jalisco, Michoacán y Guerrero, entre otros lugares donde se dedican al narcotráfico, extorsión y secuestro.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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