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Cuánto debes pagar de impuestos si ganas el salario mínimo

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Generalmente, todos los ciudadanos que estén registrados ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico (SHCP) deben cumplir con las obligaciones y derechos establecidos en el Código Fiscal de la Federación (CFF), entre los cuales se incluye el pago de impuestos, que son el medio principal de recaudación de ingresos por parte del gobierno federal.

Al respecto, la mayoría de las personas económicamente activas en el país deberán el Impuesto Sobre la Renta (ISR), el cual aplica a personas físicas y morales, así como a residentes en el extranjero que tengan ingresos de México.

La tasa del ISR varía entre el 1.9% y 35% mensual, y se mide con base en las tarifas de ingresos establecidas en la tabla que fija un límite inferior de ingresos y un límite superior de ingresos para cada año de ejercicio fiscal. Generalmente, en las percepciones salariales recibidas por los trabajadores se retiene el ISR, cuyo monto de descuento se ve reflejado en los recibos vía nómina. Sin embargo, hay algunas excepciones.

Aunque la Ley del ISR menciona que aquellos que ganan el salario mínimo no se les retendrá el impuesto, esto no aplica siempre, ya que el artículo 96 estipula lo siguiente:

“No se efectuará retención a las personas que en el mes únicamente perciben un salario mínimo general correspondiente al área geográfica del contribuyente”.

Lo anterior hace referencia, sobre todo a los trabajadores que radican en la Frontera Norte de México. ya que, si se aplica el procedimiento establecido en el artículo 96, le resultaría una cantidad a cargo, aun y cuando perciben un salario mínimo.

De acuerdo con la Tabla de Salarios Mínimos, dada a conocer por la Conasami y cuyas disposiciones entrarán en vigor a partir del 1 de enero del 2022, en la Frontera Norte del país el salario mínimo será de 260.34 pesos diarios y se le descontarán sus respectivos impuestos.

Por otra parte, los empleados que laboren bajo el Régimen de Salarios tendrán derecho a deducir gastos de cualquier tipo, como son los personales, médicos, dentales, hospitalarios, incluyendo servicios profesionales de psicología, nutrición y gastos funerarios.

Además, podrán elaborar su declaración anual aún cuando no estés obligado a hacerla para restar tus deducciones personales y en su caso, obtengas un saldo a tu favor.

Asimismo, el artículo 77 de la revista jurídica de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) indicó que las personas que perciben el salario mínimo y prestaciones distintas a dicho sueldo no tendrán que pagar ISR; lo anterior aplicará si no se exceden los límites indicados.

Estas serán las nuevas infracciones y multas que impondrá el SAT en 2022
De acuerdo con el Diario Oficial de la Federación (DOF), se agregarán nuevas multas e infracciones al Código Fiscal Federal (CFF), las cuales serán gestionadas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Entre las modificaciones se destacó que se aplicarán sanciones a los contribuyentes en caso de detectar irregularidades en la declaración anual de impuestos. Además, la multa de la que podrán ser acreedores podrá ir de los 13,490 a los 134,840 pesos.

Además, habrá multas para los funcionarios públicos que no cumplan con notificar a los contribuyentes a través de su buzón tributario y si existe alguna irregularidad en su declaración, así como a todas aquellas sociedades o grupos de personas que se encarguen de declarar pérdidas mayores a las reales.

Otros aspectos que sancionará el SAT son ser mayor de 18 años, contar con actividad económica y no darse de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

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EE.UU. impone arancel de 10% a México por política sobre trabajo forzoso

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Estados Unidos anunció una nueva ronda de aranceles para 60 economías, entre ellas México, al que aplicará un gravamen de 10 por ciento por considerar que no prohíbe o no hace cumplir de manera efectiva la importación de bienes elaborados con trabajo forzoso.

La medida fue dada a conocer por la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR), que explicó que la decisión deriva de una investigación realizada bajo la Sección 301, iniciada el 12 de marzo de 2026 por instrucción del presidente Donald Trump. El proceso incluyó dos rondas de audiencias públicas, consultas con más de 45 gobiernos y el análisis de más de 2 mil 100 comentarios.

México forma parte del grupo de países sujetos a un arancel de 10 por ciento, junto con Argentina, Bangladesh, Camboya, Canadá, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, India, Indonesia, Jordania, Malasia, Pakistán, Sri Lanka, Trinidad y Tobago y el Reino Unido.

De acuerdo con la USTR, esta categoría corresponde a economías que ya cuentan con una prohibición para importar productos elaborados con trabajo forzoso, que asumieron el compromiso de establecerla mediante un Acuerdo sobre Comercio Recíproco o que aplican mecanismos parciales para impedir la entrada de este tipo de mercancías.

La resolución también establece un esquema de tres niveles de sanciones. Para el resto de las economías investigadas se fijó un arancel de 12.5 por ciento, mientras que determinados productos procedentes de la Unión Europea, Taiwán, Japón, Corea del Sur y Suiza enfrentarán tasas de 10 o 12.5 por ciento, descontando la tarifa de Nación Más Favorecida cuando corresponda.

El representante comercial de Estados Unidos, Jamieson Greer, señaló que la decisión responde a la conclusión emitida el pasado 2 de junio, en la que la USTR determinó que las políticas de las 60 economías investigadas obstaculizan o restringen el comercio estadounidense. Agregó que la administración de Donald Trump considera necesario reforzar las medidas contra el trabajo forzoso en las cadenas globales de suministro.

Por su parte, el secretario de Economía, Marcelo Ebrard, afirmó que la resolución no modifica el arancel efectivo que actualmente paga México, ya que más del 80 por ciento de las exportaciones nacionales permanece exento al cumplir con las reglas de origen del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

El funcionario explicó que el gravamen de 10 por ciento para las exportaciones que no cumplen con el T-MEC se mantiene, aunque ahora cambia su fundamento legal al pasar de la Sección 122 a la Sección 301. Añadió que el Gobierno de México continúa las conversaciones con el representante comercial estadounidense para acercar posiciones en materia comercial.

La presidenta Claudia Sheinbaum informó que este jueves sostuvo una reunión con Jamieson Greer en Palacio Nacional, donde ambas partes avanzaron en la revisión del T-MEC y en otros acuerdos bilaterales.

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