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México

Juez frena por tiempo indefinido la extradición de Ovidio Guzmán a EUA

Ovidio Guzmán López, El Ratón, obtuvo una suspensión definitiva en contra de su extradición a Estados Unidos la cual le fue otorgada por el Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales con sede en el Estado de México.

El beneficio de ley  implica que el presunto narcotraficante permanecerá en nuestro país de manera indefinida y a disposición de las autoridades judiciales federales dentro del penal de El Altiplano, en el Estado de México.

El tribunal de amparo estableció en su resolución que la suspendión definitiva concedida no significa que se cancele el juicio de extradición al cual quedó sometido El Ratón desde las primeras semanas de este mes, sino que seguirá su curso de manera normal hasta que se resuelva de fondo el amparo que interpuso contra su entrega a la justicia estadounidense, la cual lo reclama por tráfico de drogas.

«Se concede a Ovidio Guzmán López la suspensión definitiva en contra de las autoridades responsables Juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio en funciones de Juez de Control del Centro de Justicia Penal Federal con residencia en Almoloya de Juárez, Estado de México; Director del Centro Federal de Readaptación Social Número 1 «Altiplano» en Almoloya de Juárez, en esta entidad; y Director General de Asuntos Policiales Internacionales de la Fiscalía General de la República (Interpol) respecto de los efectos y consecuencias de la orden de detención con fines de extradición», refirió el fallo.

Dicha suspensión puede ser impugnada por el agente del ministerio público federal con el propósito de que otro tribunal revise si la decisión y en su caso detemrine si fue correcta o bien hay que revocarla o moficiarla.

Fuente: Excélsior

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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