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«Madrugaron» a la PGR con liberación de Caro Quintero

Cuando Jesús Murillo Karam habla de la liberación de Rafael Caro Quintero, suelta el vapeador. El simulador electrónico del cigarro deja una estela de vapor y la voz del procurador se hace todavía más grave: fue notificado seis horas después de que el fundador del desaparecido Cártel de Guadalajara ya estaba en la calle, libre, después de 28 años de encierro, pero a 12 de cumplir su condena.

La justicia federal lo puso en libertad de madrugada y a la Procuraduría General de la República le notificaron la excarcelación casi al mismo tiempo que a la prensa, la mañana del viernes 9 de agosto. “Para cuando me notifican, ya no tengo al detenido”. El tribunal no esperó a que la Procuraduría interpusiera un recurso, como lo admitía la decisión de ampararlo, dice en entrevista.

Al titular de la PGR le ha tocado lidiar con casos que han puesto a prueba al Gobierno de Enrique Peña Nieto. Desde la dudosa explosión en el corporativo de Pemex –a dos meses de iniciada la administración– y la captura de la lideresa magisterial Elba Esther Gordillo, hasta otros fallos judiciales que han sido reveses para la dependencia. Uno de ellos, la exoneración del delito de desvío de la partida secreta de la Presidencia a Raúl Salinas de Gortari, contra quien Murillo Karam dice tener pruebas de que numerosos de sus bienes no los adquirió de manera legítima.

Pero de las sentencias judiciales, la de mayores consecuencias hasta ahora es la de Caro Quintero porque colocó a la PGR a la defensiva de los viejos rencores del gobierno y de la prensa estadounidenses.

La salida de Caro, a quien México y Estados Unidos quieren de nueva cuenta en condición de prófugo, aumentó el encono de los estadounidenses contra el sinaloense, quien en los ochenta era uno de los principales traficantes de mariguana a Estados Unidos. Su liderazgo acabó en febrero de 1985, cuando fue asesinado el agente de la DEA, Enrique Camarena.

Estados Unidos acusa del hecho a los jefes del Cártel de Guadalajara: Caro Quintero, Ernesto Fonseca Carrillo, Don Neto, y Miguel Ángel Félix Gallardo. Y así la justicia mexicana los juzgó y sentenció a 40 años de prisión por homicidio y delitos contra la salud. Parecía una historia acabada. Ni siquiera Estados Unidos hizo más por su extradición.

“Estados Unidos había solicitado una detención para efectos de extradición. Pero tras ser detenido, lo que tenía que haber hecho era solicitar a México la extradición formal para que el gobierno mexicano y el Poder Judicial vieran si lo entregaban”, apunta el procurador.

Pero eso no ocurrió y ahora con Caro en la calle, por el amparo que le dio el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal con sede en Jalisco, lo que tiene la PGR es una orden de detención para efectos de la extradición que ya solicitó el gobierno estadounidense. “Hoy sí –afirma el funcionario– tengo una solicitud de extradición, algo que debieron haber hecho desde un principio”.

La solicitud de Estados Unidos a la PGR llegó hasta las últimas horas de ese fin de semana y en lo que el juez libró la orden de aprehensión pasaron tres días, suficientes para que Caro celebrara su salida y desapareciera.

El agravio principal de Murillo Karam es con los magistrados del Tribunal Colegiado que dieron el amparo y ordenaron al Tribunal Unitario la manera en que tenía que resolver. Argumenta, entre otras cosas, que el homicidio no debió caer en la justicia federal. “Es tan incongruente decirle a un juez que no es competente, pero que resuelva de cierta manera. El expediente debió haber regresado al juez para que modificara su criterio”.

–¿Lo van a detener?– se le pregunta.

–Ando buscándolo por todos lados. No porque sea ya tan peligroso, sino porque puede serlo. Bastante problema nos cuesta detenerlos, como para soltar a uno que seguramente tiene con qué volver a ser peligroso.

–¿Qué tan sólidas son las acusaciones contra Caro?

–Es un asunto en el que no hay duda en cuanto a los homicidios (de Camarena y el piloto mexicano Alfredo Zavala). Por eso el razonamiento del juez me parece tan grave. En el caso del piloto se trataba de un empleado federal y estaba en ejercicio de sus funciones, lo que es motivo para que el caso quedara en la justicia federal. Con Camarena, los magistrados dijeron que tampoco podía ser juzgado en un tribunal federal porque no estaba acreditado ni como cónsul ni como embajador. Es cierto, eso lo dijo una funcionaria de la embajada de Estados Unidos, pero que está arropado por los mismos criterios de la Convención de Viena.

Presiones sobre México

Caro Quintero y Fonseca Carrillo fueron sentenciados en definitiva apenas en junio de 2011, 26 años después de los hechos. “No hay ninguna explicación de por qué durante tantos años no tuvo sentencia. Fue un error de procedimiento que espero corrijamos con el nuevo sistema de justicia penal. Esa es la justificación (técnica de su salida). Por eso insistiría en volver a detenerlo, porque el valor fundamental de protección a la sociedad está violado”.

Según la PGR, la pena pendiente de Caro es por el asesinato del agente de la DEA y del piloto mexicano, por lo que le ha pedido a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que revise el amparo que le dieron y que atraiga el que solicitó Ernesto Fonseca. Don Neto busca obtener su libertad con las mismas razones por las que salió su ex socio, y su caso está radicado en los mismos tribunales que fallaron a favor de su liberación.

La Corte ya los admitió a trámite. Su reto es revisar sus propios criterios. En marzo pasado, cuando el Colegiado que llevaba el caso de Caro le pidió que atrajera el amparo, los ministros dijeron que no era un asunto de interés y trascendencia y lo regresaron.

Así evitaron interpretar el artículo 104 de la Constitución, que obliga a la Corte a pronunciarse sobre los casos de miembros del cuerpo diplomático y consular, como el de Camarena, quien operaba en el país sin acreditación diplomática. Ante la negativa, el Colegiado concedió el amparo y ordenó al Unitario que liberara a Caro por violaciones al procedimiento.

El caso volvió a desatar las críticas y presiones de Estados Unidos a México. En los próximos días, Murillo Karam viajará a Washington, donde uno de los temas obligados será liberación de Caro. Pero las presiones no son como cuando ocurrieron los hechos, en el gobierno de Miguel de la Madrid, aunque tampoco con las ventajas y facilidades que tuvieron los estadounidenses durante el sexenio de Felipe Calderón.

“Yo no tengo ese problema. Desde un principio pinté mi raya y dejé muy claro que la colaboración implica eso nada más. No sujeción ni sumisión. Al principio produjo algunos raspones, pero ahora nos entendemos mejor que antes en función de ese respeto absoluto a la diferencia entre sumisión y colaboración.”

–¿Habla de su relación con el procurador Erick Holder o de la relación de México con Estados Unidos?

–De mi relación con el procurador y con las instancias norteamericanas que tienen que ver con la procuraduría, como el Departamento de Justicia (de la que depende la DEA), entre otras. Con el procurador de Estados Unidos, la ventaja es que es un abogado y eso me da la posibilidad de hablar en los mismos términos. En la liberación de Caro entendió cuál era mi papel. El primer grito que pegaron fue ‘por qué no lo detuviste’. Pero entendieron que el problema es iniciar el proceso ilegal para que después todo sea ilegal.

–¿Estados Unidos ya entendió que hubo un cambio de gobierno en México?

–Espero que sí. Hay un trato diferente. La cooperación es indispensable y ahora se da a niveles altos, esa es la diferencia. Hoy, por ejemplo, los asuntos de mayor trascendencia los tratan primero con la Secretaría de Gobernación. Y en el caso de la PGR, sólo hay dos entradas: la subprocuradora Jurídica y de Asuntos Internacionales, Mariana Benítez y yo.

–¿Y antes cómo era, qué fue lo que cambió?

–Se reunían con los ministerios públicos, o con quien fuera.

–¿Por eso se entiende la presencia de agentes estadunidenses operando en la ahora denominada Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO) durante el sexenio pasado?

–No sé qué pasó en años anteriores, pero hoy no hay. A veces me piden poder interrogar a alguien y si no veo inconvenientes lo autorizo en términos de cooperación internacional.

–¿Ya no hay agentes estadounidenses en la Procuraduría?

–Cuando llegué, en alguna ocasión que fui a SEIDO encontré a algunos viendo un expediente y ahí tomé la decisión de que eso no debía seguir.

–¿Qué les dijo usted?

–Simplemente les pedí que aceptaran los términos que habíamos planteado. Que para una cosa de esas yo tenía que dar autorización, y en mi ausencia la subprocuradora.

‘Sin mirar al pasado’

Otra presencia que llamó la atención durante los años en que el PAN gobernó fue la de militares en altos cargos de la PGR, empezando por el general retirado Rafael Macedo de la Concha, en el gobierno de Fox.

Murillo Karam los defiende, más allá de lo que fue una militarización de la PGR: “Hay militares muy capaces. Incluso más preparados que nosotros para determinadas cosas. Yo tengo militares trabajando aquí y con relación directa con el procurador, y desde luego hay una enorme relación con el Ejército. Hoy sí hay una gran coordinación entre el Ejército, la Marina y la Procuraduría. Compartimos la inteligencia y las estrategias. El Ejército hace cualquier operación con un Ministerio Público al frente”.

–¿También con presencia de estadounidenses, como en el pasado reciente?

–No, en ningún caso. A lo mejor de investigadores no armados, que es lo que me permiten a mí hacer allá.

–¿Investigadores estadounidenses no armados en operativos?

–Con autorización nuestra, sobre todo cuando aportan algo. Hasta este momento no he tenido ninguna. No me opondría si fuera útil, pero no armados.

No obstante, el procurador es reacio a hablar sobre el número de agentes estadounidenses establecidos en México, que aumentó con la entrada de más servicios de inteligencia de Estados Unidos al país, autorizados por Felipe Calderón, incluidos los de agencias militares del Pentágono.

Aunque también dice no querer mirar atrás sobre lo que ocurrió en la PGR en el sexenio pasado, explica que “ha corregido” los abusos en el uso de los testigos protegidos y en la práctica del arraigo:

“Estoy corrigiendo los casos donde se hizo regla de la excepción. Lo primero que hice a los días de que llegué fue revisar quién estaba en el arraigo. Tengo años planteando que el arraigo como está es inadecuado, porque los 80 días equivalen en tiempo a un juicio. Eso es una locura”.

Acción de fuerza

Murillo Karam gobernó Hidalgo entre 1993 y 1998 y luego fue subsecretario de Seguridad en Gobernación con Francisco Labastida Ochoa, con quien le tocó en 2000 la derrota del PRI en las elecciones presidenciales ante Fox. Ahora, como procurador, revisa casos del pasado, como el de Raúl Salinas, y actuales como el Elba Esther Gordillo, a quien despojó de su fuerza política y encarceló, acusada de lavado de dinero.

Como el propio Murillo Karam, Gordillo fue secretaria general del PRI, pero rompió con el partido que le dio el cacicazgo político y apoyó a Fox y a Calderón para que ganaran la Presidencia de la República, a cambio de cargos y presupuestos gubernamentales.

Su detención fue la primera acción de fuerza del gobierno de Peña Nieto, de la mano del procurador. “La información que se aportó es contundente. No hay ni siquiera errores de procedimiento”, por lo que no la ve libre en años. Tampoco, a quienes desviaron los recursos del SNTE.

De manera distinta contempla el caso de Sandra Ávila Beltrán, La Reina del Pacífico, a quien Calderón presentó como un gran éxito de su “guerra” al narcotráfico pero que la justicia de Estados Unidos exoneró del mismo delito en julio último. Al ser deportada a México, el mes pasado, fue reaprehendida a petición de la PGR, acusada de lavado de dinero.

“A esta pobre mujer le pasa lo que a (Andrés) Granier, (exgobernador de Tabasco). Sin ser la peor, fue a la que se le pudo probar. No tengo duda de que tiene culpa. Pero no en niveles tan altos como se plantea. No era una jefa de cártel. Sin embargo, hay pruebas de que usó recursos del narcotráfico”.

Ávila lleva seis años detenida –uno de ellos en Estados Unidos– y para el procurador la pena que se le podría aplicar debería ser acorde “con la peligrosidad” que represente para la sociedad.

–Y en el caso Raúl Salinas, ¿la PGR está de acuerdo con su exoneración?

–Él salió libre hace tiempo. Lo que se decidió en esta ocasión fue si sus bienes se obtuvieron legítimamente. La procuraduría considera que por lo menos en un grupo muy amplio de bienes no se aclara su situación.

Para Carlos López Cruz, titular del Juzgado Décimo Tercero de Distrito en Procesos Penales Federales con sede en el Distrito Federal, los bienes tienen una explicación: la capacidad de inversión de Salinas y no el resultado del desvío de la partida secreta de la Presidencia de la República durante el gobierno de su hermano Carlos, entre 1988 y 1994. “Nosotros consideramos que hay bienes que no son propiedad legítima y sobre esa base apelamos” el fallo, asegura el procurador. (Jorge Carrasco Araizaga/Proceso)NAC9615990ebf144c_0

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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