Conecta con nosotros

Nota Principal

No más prisión vitalicia para extorsionadores

Debido a la falta de claridad de la temporalidad de la prisión vitalicia en el Código Penal, el Congreso Local, reformó varios artículos del ordenamiento señalado, así mismo adicionó diversas disposiciones al mismo.
Si se trata de dos más penas de prisión impuestas en diferentes sentencias, se cumplirán invariablemente de manera sucesiva, sin que la suma de ellas sea mayor de setenta años, salvo se trate del delito de homicidio doloso en perjuicio de mujeres o menores de edad, o en los supuestos establecidos en el artículo 127 de este Código, ya que se deberá imponer pena por cada delito cometido, aún y cuando con ello se exceda el máximo de la pena de prisión temporal.

Published

on

Debido a la falta de claridad de la temporalidad de la prisión vitalicia en el Código Penal, el Congreso Local, reformó varios artículos del ordenamiento señalado, así mismo adicionó diversas disposiciones al mismo.
Si se trata de dos  más penas de prisión impuestas en diferentes sentencias, se cumplirán invariablemente de manera sucesiva, sin que la suma de ellas sea mayor de setenta años, salvo se trate del delito de homicidio doloso en perjuicio de mujeres o menores de edad, o en los supuestos establecidos en el artículo 127 de este Código, ya que se deberá imponer pena por cada delito cometido, aún y cuando con ello se exceda el máximo de la pena de prisión temporal.
Lo anterior a quien cometa homicidio calificado en los términos de las fracciones I, II, III, IV, VI o VII del artículo 136 de este Código, se le impondrá prisión de veinte a cincuenta años.
A quien cometa homicidio calificado en los términos de las fracciones V, VIII, IX o X del artículo 136 del Código Penal, se le impondrá prisión de cincuenta a setenta años o prisión vitalicia.
A quien se le condene por el homicidio doloso de tres o más personas, en el mismo o en distintos hechos, se le impondrá la pena de prisión temporal que corresponda a cada uno de los delitos o prisión vitalicia.
Se impondrá la pena de prisión temporal que corresponda a cada uno de los delitos o prisión vitalicia a quien cometa homicidio con motivo del delito de extorsión, siempre que el pasivo de ambas conductas sea la misma persona, o bien, cuando el pasivo del homicidio se encuentre ligado con el pasivo de la extorsión por alguno de los vínculos señalados en el artículo 204 ter.
Así mismo, fueron derogadas todas las disposiciones legales que se opongan a lo establecido en el presente Decreto aprobado.
Además, la modificación o reubicación de las porciones normativas y las consecuencias jurídicas a que se refiere este Decreto, no implicará la libertad de los responsables por los delitos cometidos con anterioridad a su vigencia, siempre que los hechos y las sanciones se sigan comprendiendo en los preceptos modificados o reubicados.
Las disposiciones relativas a la punibilidad de la tentativa y la complicidad a que hacen referencia los artículos 75 y 78, respectivamente, del Código Penal del Estado, hasta la entrada en vigor de este Decreto, seguirán aplicándose por los hechos realizados durante su vigencia. Asimismo, dichos preceptos seguirán aplicándose a las personas procesadas o sentenciadas por los delitos previstos y sancionados por los mismos artículos.

México

¿Quién es Yeraldine Bonilla Valverde? La primera mujer gobernadora interina de Sinaloa

Published

on

El Congreso de Sinaloa designó a Yeraldine Bonilla Valverde como gobernadora interina de la entidad, luego de que Rubén Rocha Moya solicitó licencia temporal para separarse del cargo.

La determinación fue tomada por el Poder Legislativo con el objetivo de dar continuidad a la administración estatal mientras el mandatario permanece fuera de funciones.

Con este nombramiento, Bonilla Valverde se convierte en la primera mujer en asumir de manera interina la gubernatura de Sinaloa y encabezará provisionalmente el Poder Ejecutivo estatal.

Yeraldine Bonilla Valverde es licenciada en Trabajo Social por la Universidad Autónoma de Sinaloa y cuenta con trayectoria dentro del servicio público en la entidad.

Entre 2018 y 2021 se desempeñó como diputada local por Morena en el Congreso de Sinaloa. Durante ese periodo también integró la Mesa Directiva por parte del Partido Verde Ecologista de México.

De 2021 a 2024 ocupó la Subsecretaría de Estudio, Proyectos y Desarrollo del Estado de Sinaloa. En 2023 quedó como encargada del despacho de la Secretaría de Seguridad Pública estatal, tras la renuncia de Cristóbal Castañeda.

En 2025 fue designada por Rubén Rocha Moya como secretaria general de Gobierno.

De acuerdo con información del Congreso local, también se desempeña como presidenta de la Comisión de Justicia, además de secretaria de la Comisión de Seguridad Pública y de la Junta de Coordinación Política.

El nombramiento fue aprobado tras el análisis de la propuesta presentada por la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación, instancia legislativa encargada de revisar el perfil y emitir el dictamen correspondiente.

La iniciativa fue presentada por la diputada Areli Berenice Ruíz López, quien propuso formalmente a Bonilla Valverde para ocupar el cargo de manera interina.

Con la votación favorable del Congreso, quedó formalizada su llegada al Ejecutivo estatal conforme al mecanismo previsto en la ley para cubrir ausencias temporales del titular del gobierno de Sinaloa.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto