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Papa Francisco declara ‘inadmisible’ la pena de muerte en el Cateciscmo

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El papa Francisco aprobó la modificación del Catecismo católico para declarar «inadmisible» la pena de muerte y mostró el compromiso de la Iglesia en animar a su abolición en todo el mundo, informó este jueves la Santa Sede.

El prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, Luis Ladaria Ferrer, señaló en un comunicado que ha sido autorizado por el pontífice para introducir la nueva postura ante la pena de muerte, recogida en el artículo 2.267 del Catecismo católico.
En el nuevo texto se subraya que «la Iglesia enseña, a la luz del Evangelio, que la pena de muerte es inadmisible, porque atenta contra la inviolabilidad y la dignidad de la persona, y se compromete con determinación a su abolición en todo el mundo».
En la modificación se señala que «durante mucho tiempo el recurso a la pena de muerte por parte de la autoridad legítima, después de un debido proceso, fue considerado una respuesta apropiada a la gravedad de algunos delitos y un medio admisible, aunque extremo, para la tutela del bien común».

En la versión antigua del Catecismo no se excluía la pena de muerte «si ésta fuera el único camino posible para defender eficazmente del agresor injusto las vidas humanas».

El cambio se debe a que, según el nuevo texto, «hoy está cada vez más viva la conciencia de que la dignidad de la persona no se pierde ni siquiera después de haber cometido crímenes muy graves» y «se ha extendido una nueva comprensión acerca del sentido de las sanciones penales por parte del Estado».

«En fin, se han implementado sistemas de detención más eficaces, que garantizan la necesaria defensa de los ciudadanos, pero que, al mismo tiempo, no le quitan al reo la posibilidad de redimirse definitivamente», se justifica en el nuevo texto.

El cambio, datado el 1 de agosto de 2018, entrará en vigor con su publicación en el diario oficial, L’Osservatore Vaticano, y en el «Acta Apostolicae Sedis», que recoge los textos oficiales de la Santa Sede.

Para presentar la modificación del Catecismo, libro doctrinal que recoge las bases del catolicismo, Ladaria dirigió una carta a los obispos de todo el mundo en la que subraya que el nuevo desarrollo «descansa principalmente en la conciencia cada vez más clara en la Iglesia del respeto que se debe a toda vida humana».

«Si de hecho la situación política y social del pasado hacía de la pena de la muerte un instrumento aceptable para la tutela del bien común, hoy es cada vez más viva la conciencia de que la dignidad de la persona no se pierde ni siquiera luego de haber cometido crímenes muy graves», señala el cardenal español.

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Ordenan indemnización millonaria por accidente aéreo en Cuba que dejó 112 muertos

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Un juez mexicano ordenó el pago de indemnizaciones tras el accidente aéreo ocurrido en 2018 en Cuba, donde murieron 112 personas, al determinar que el siniestro estuvo relacionado con fallas en el mantenimiento de la aeronave.

De acuerdo con documentos judiciales fechados el 31 de marzo y consultados por The Washington Post a través de la Agencia AP, un peritaje independiente concluyó que el hecho fue un “accidente institucional” derivado de negligencia sistemática en los trabajos de mantenimiento, señalando que el avión no debió despegar.

Con base en estos hallazgos, el juez resolvió que la empresa Aerolíneas Damojh, que operaba bajo el nombre comercial Global Air, deberá pagar 1.5 millones de dólares a cada una de las familias de los cuatro tripulantes mexicanos que promovieron la demanda inicial. La aerolínea no se presentó al juicio, por lo que fue sentenciada en ausencia.

El accidente involucró un Boeing 737 que se desplomó en un campo agrícola poco después de despegar del Aeropuerto Internacional José Martí. De las 113 personas a bordo, solo una mujer sobrevivió, mientras que la mayoría de las víctimas eran de nacionalidad cubana.

El informe pericial citado establece que los pilotos fueron la última línea de defensa, sin lograr evitar el impacto. Asimismo, señala que la causa principal fue la falta de mantenimiento adecuado por parte de la empresa propietaria.

El abogado de los demandantes, Samuel González, afirmó que desde el primer día en La Habana, el jefe de mantenimiento de la compañía reconoció ante los familiares que la aeronave no debía estar en operación.

La sentencia también identificó omisiones en los protocolos y deficiencias en la supervisión, factores que derivaron en el accidente y en la apertura de procesos legales por homicidio y demandas colectivas.

Mientras en Cuba las autoridades atribuyeron el hecho a error humano, en México se suspendió temporalmente a la empresa y se inició una investigación, sin que hasta el momento se haya informado su avance.

El litigio continúa, ya que se mantiene una demanda civil colectiva en representación de las víctimas, además de una denuncia penal ante la Fiscalía General de la República. Según la defensa, la investigación enfrenta obstáculos debido a la falta de información por parte de autoridades cubanas.

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