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México

Se descarrila un vagón del Tren Maya en Yucatán

El desperfecto ocurrió esta mañana en un convoy procedente de Campeche con destino a Cancún en este inicio vacacional.

Mérida, Yucatán.- Esta mañana tuvo lugar el descarrilamiento de un vagón del Tren Maya en la estación Tixkokob, ubicada en el estado de Yucatán, en el tramo Mérida-Cancún.

No se registraron personas lesionadas, ni pérdidas materiales, aunque aparentemente el vagón presentó desperfectos.

El desperfecto ocurrió alrededor de las 09:30 mientras el tren D006 estaba en proceso de cambio de vías a una velocidad aproximada de 10 km/h, momento en el que el cuarto vagón se salió de las vías.

Elementos de la Guardia Nacional acudieron a la zona para llevar a cabo las investigaciones pertinentes.

“Este incidente no afectó la operación programada del resto de los trenes. Asimismo, se integró una Comisión Dictaminadora, que está realizando una investigación, para determinar sus causas y prevenir cualquier situación similar que pudiera comprometer el servicio del Tren Maya”, refirió la empresa en un comunicado.

Durante el percance, el vagón no se volteó ni se dañó, pero el descarrilamiento causó preocupación entre los pasajeros y los operadores, que al final de cuentas, solo sufrieron el retraso del viaje en este inicio de vacaciones de Semana Santa.

Ante esta situación se procedió a evacuar a los pasajeros procedentes de Campeche, quienes salieron desde las 07:00, para brindarles la atención de transborde, a fin de que continuaran su viaje con destino a Cancún.

El Tren también sería nuevamente colocado sobre los rieles para seguir su camino hacia el vecino estado de Quintana Roo.

La situación ha avivado el debate sobre la calidad de los materiales utilizados en la construcción del Tren Maya, especialmente en lo que respecta al balastro de los durmientes, que según reportes previos, podrían haber sido de mala calidad.

El Tren Maya ha recibido críticas por parte de especialistas en medio ambiente y activistas en varias ocasiones, desde antes de que iniciara su construcción.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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