Conecta con nosotros

México

SEP y Sectur anuncian tres nuevos ‘puentes’

Tres nuevos fines de semana largos fueron incluidos en el calendario escolar para el periodo 2019-2020.

De acuerdo con el secretario de Turismo, Miguel Torruco Marqués, el acuerdo se logró en coordinación con el secretario de Educación Pública, Esteban Moctezuma Barragán, de esta forma, se establecimiento nuevos periodos de descanso, con el objetivo de impulsar la actividad turística en todo el país.

A través de un comunicado, Miguel Torruco, explicó que estos tres fines de semana largos buscan contribuir al fomento del turismo interno, que representa 67 por ciento de la ocupación hotelera nacional.

De esta forma se determinó que las fechas serán:

Viernes 13 al lunes 16 de septiembre 2019
Jueves 30 de abril al martes 5 de mayo de 2020
Viernes 15 al domingo 17 de mayo de 2020
Datos de la Secretaría de Turismo prevén que, para septiembre próximo, una ocupación hotelera promedio de 64.3 por ciento, y el arribó de un millón 652 mil turistas hospedados en hotel, lo cual generaría una demanda económica de cuatro mil 653 millones de pesos.

Para el periodo de abril-mayo, el porcentaje de ocupación se estima en 67.7 por ciento con una llegada de dos millones 115 mil viajeros a hoteles y un gasto de cinco mil 860 millones de pesos.

Mientras que para el tercero y último del ciclo escolar 2019-2020, que será el de mayo, proyecta un porcentaje de ocupación de 64.2 por ciento, con un millón 334 mil turistas hospedados en hotel y una derrama de tres mil 757 millones de pesos.

En conjunto, los tres nuevos puentes incluidos en el calendario escolar, representan una ocupación hotelera promedio de 65.39 por ciento, el arribo de cinco millones 101 mil turistas a habitaciones hoteleras y una derrama económica de 14 mil 270 millones de pesos.

Excelsior

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto