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México

Video | Filtran imágenes de Fernando Medina, agresor del Subway en prisión

En un giro inesperado, se han filtrado las supuestas imágenes de los primeros vídeos de Fernando Medina en la cárcel, agresor de un menor en el restaurante de comida rápida Subway. Los hechos sucedidos en San Luis Potosí, conmocionaron a las redes sociales pidiendo justicia por el menor que quedó hospitalizado.

Las imágenes, captadas desde el interior de la prisión donde se encuentra recluido, muestran un retrato impactante del hombre detrás de la violencia.

El rostro de la culpa

En los vídeos, se observa a una persona parecida a Fernando Medina en su celda, lidiando con la realidad del encierro y enfrentando las consecuencias de sus acciones. El semblante del hombre refleja una mezcla de emociones, desde la tristeza y el arrepentimiento hasta la tensión y el desconcierto.

En los videos compartidos, se presume que se trata del acusado, aunque esta información no se ha confirmado por la Fiscalía de San Luis Potosí.

Después de su detención, se le vio al presunto agresor con un rostro de burla en su proceso. Sin embargo, dentro de la prisión, los internautas señalan que al hombre “se le acabó la risita”.

Agresor del Subway en la cárcel

Esté sábado, Fernando Medina, ciudadano de San Luis Potosí, fue detenido por las autoridades del estado, al ser el presunto responsable de golpear a un empleado, menor de edad, de un Subway.

Fernando Medina Ramírez, alias el “Tiburón” Medina, presenta cargos por agredir a un trabajador, el cual le pidió al detenido esperar en la fila y éste lo agredió. El joven sufrió una fractura de nariz y pómulo.

El hombre, de aproximadamente 40 años de edad, está recluido en el penal de la Delegación de La Pila, donde se llevará a cabo la audiencia en el que la Fiscalía de San Luis Potosí buscará imputar el delito de homicidio en grado de tentativa, también investigarán otras presuntas acciones que cometió el detenido.

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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