Conecta con nosotros

México

Conoce los impuestos que aumentarán para el próximo 2014

Ante la aprobación de la reforma hacendaria por el Congreso de la Unión el pasado 31 de octubre, los contribuyentes deberán considerar diversas modificaciones en sus pagos de impuestos.

Ante la aprobación de la reforma hacendaria por el Congreso de la Unión el pasado 31 de octubre, los contribuyentes deberán considerar diversas modificaciones en sus pagos de impuestos.

Te mostramos cuáles son los cambios que entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2014:

1. Impuesto de 8 por ciento a alimentos “chatarra”
Los alimentos con alto valor calórico, que contengan 275 kilocalorías o mayor por cada 100 gramos, como dulces, confites, bombones, chocolates, nieves y helados, galletas y pastas alimenticias, serán gravados con 8 por ciento el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS). Este gravamen será aplicado a todos los elementos de la cadena comercial, desde productores hasta consumidores. En la propuesta del Ejecutivo federal se planteaba que este impuesto fuera del 5 por ciento.

2. Gravamen a refrescos y bebidas azucaradas
Se establece que los consumidores deberán pagar 1 peso más por litro de bebidas saborizadas, concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores, las cuales contengan cualquier tipo de azúcares añadidas. Se incluyó también a los polisacáridos en la categoría de azúcares.

3. IVA de 16 por ciento en alimentos procesados para mascotas
La comida para gatos, perros y pequeñas especies costará 16 por ciento más el próximo año. Además el impuesto también se aplicará si quieres comprar una mascota nueva.

4. IVA de 16 por ciento en goma de mascar
Al dejar de ser considerado un alimento, los consumidores deberán pagar un gravamen del 16 por ciento de IVA al consumir chicles.

5. Homologación del IVA en las fronteras del 11 al 16 por ciento
El Congreso aprobó pasar del 11 al 16 por ciento el Impuesto al Valor Agregado en las fronteras.

6. Transporte terrestre foráneo tendrá IVA
Los legisladores acordaron poner 16 por ciento de IVA a los transportes foráneos. Sólo quedan exentos los trenes y transporte en las zonas urbanas, suburbanas o en zonas metropolitanas.

7. Elevan límite de deducibilidad de impuestos
Diputados y senadores avalaron elevar el porcentaje de deducibilidad de prestaciones laborales, tanto para empresas como individuos, a 53 por ciento desde 47 por ciento y la creación de un mecanismo de control que evite que el empleador transfiera a los trabajadores el costo de este impuesto.

8. Pagarán más los que ganan más, aumenta pago de ISR
Quienes ganan hasta medio millón de pesos anuales pagarán una tasa de 30 por ciento en el Impuesto Sobre la Renta (ISR), se aplicarán las tasas de ISR de 32 por ciento a quienes obtengan 750 mil pesos anuales en salarios y 34% a los que tienen ingresos superiores al millón de pesos al año. Para quienes ganen más de tres millones, el impuesto será de 35%.

9. Redistribución de los ingresos por los derechos de minas
Las ganancias por la explotación minera deberán pagar una tasa de 7.5 por ciento por ingresos. De estos recursos recaudados por la explotación minera, los municipios donde se da esta actividad recibirán 50 por ciento, las entidades se quedarían con el 30 por ciento y la federación con el 20 por ciento de los recursos.

10. Eliminan IETU y el impuesto por depósitos
El Congreso determinó la desaparición del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) y el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), con el objetivo de que los ingresos empresariales estén gravados solo en el ISR.

11. Gravamen a la turbosina
La turbosina utilizada en aviones y otros kerosenos deberán pagar nuevas cuotas en el IEPS, que ahora será de 12.40 pesos por litro.

12. Se gravarán a las empresas usuarias del espectro radioeléctrico
Se implementará el cobro de derechos de la banda de 700 megahertz y de 2.5 gigahertz con un transitorio para que una vez que se establezca el modelo de operación, el Congreso de la Unión garantice que tenga los pagos definidos.

13. Gravamen de 10 por ciento a ganancias en la Bolsa
Las personas físicas deberán pagar una tasa de 10% sobre la ganancia que obtengan por la compra de acciones en la Bolsa de Valores.

14. Desaparición del Régimen de Pequeños Contribuyentes
Los Repecos (Régimen de Pequeños Contribuyentes) tendrán 10 años para entrar al régimen general de contribuyentes.

15. Continúa aumento mensual a precio de gasolinas
Mensualmente se incrementará 6 centavos a los precios de la gasolina Magna y 8 centavos para la Premium. Este año el aumento mensual es de 11 centavos para todos los combustibles.

16. Seguro de desempleo
El nuevo Seguro de Desempleo no será fondeado con el ahorro de vivienda de los trabajadores, sino por el Presupuesto federal de manera directa.

 

Entre las modificaciones a la propuesta enviada por el Ejecutivo destacan:

– No aplicarán IVA a colegiaturas
Las colegiaturas quedan exentas del pago de 16 por ciento de IVA. Las escuelas privadas estarán exentas del pago del ISR siempre que cuenten con autorización del SAT para recibir donativos deducibles.

– Espectáculos se libran del IVA
Los espectáculos deportivos, cine, teatro y circo quedan sin nuevos gravámenes.

– Sin gravamen por renta de casas e hipotecas
Queda exento del pago de IVA el arrendamiento de vivienda, créditos hipotecarios, así como la compra de vivienda que tenga valor menor a 3 millones 500,000 pesos.

– Tasa cero en oro y joyería al menudeo
La compra de oro, joyas, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales seguirá con tasa cero para ventas intermedias y cuando el contenido de oro del producto sea de al menos 80 por ciento.

– Sin cambios al impuesto a bebidas alcohólicas
Las bebidas con graduación alcohólica de hasta 14 grados, tendrán un impuesto de 26.5%, mientras que la tasa será de 53% para las bebidas alcohólicas y cerveza con una graduación alcohólica mayor de 20 grados.

Fuente: Excelsior.

 

001_niña_dulces

Clic para comentar

You must be logged in to post a comment Login

Leave a Reply

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto