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México

Investigadores mexicanos crean Índice Global de Impunidad 2015

MÉXICO, D.F.- La seguridad, el sistema de justicia y el nivel de respeto a los derechos humanos, tales como los desapariciones, las ejecuciones extrajudiciales y el número de personas torturadas o encarceladas —incluso por razones políticas— son indicadores claves para medir la impunidad en un País. Bajo este enfoque un grupo de investigadores mexicanos se dio a la tarea de estudiar el fenómeno en el mundo.

El rector de la Universidad de la Américas Puebla (UDLAP), Luis Ernesto Derbez Bautista, y Andrea Ambrogi Domínguez, presidente del Consejo Ciudadano de Seguridad y Justicia Puebla, presentarán este domingo el Índice Global de Impunidad (IGI) 2015, una investigación basada en datos oficiales y no en percepción.

Todo este proceso está vinculado a la disponibilidad de recursos físicos y humanos en los sistemas de seguridad y justicia, puesto que ante la falta de éstos la probabilidad de que exista mayor impunidad incrementa.

El IGI 2015 está basado en una serie de indicadores que permiten medir y comparar el grado de impunidad que permea en dichas naciones, pero además deja abierta la oportunidad para futuras actualizaciones y la elaboración de propuestas concretas de política pública.

El IGI indica que el pilar básico para la construcción de la democracia es la administración de la justicia.

El caso de México

Falta atender impunidad en el País. En el caso de México se menciona que a pesar de suscribir leyes y cláusulas contra la corrupción, no se han logrado implementar las políticas para su erradicación. Esto es, que si se combatiera el problema de la impunidad, se podría reducir la corrupción en sus diferentes niveles de Gobierno.

Señala que uno de los temas indispensables al hablar de impunidad es el respeto a los derechos humanos, “ya que es el propio Estado el que viola las normas y generalmente estas acciones quedan sin sanción”.

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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