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México

PGR libera a 47 personas secuestradas en Tamaulipas

Elementos de la Procuraduría General de la República (PGR) liberaron a 18 extranjeros y 29 mexicanos que estaban privados de su libertad y consignó a dos personas por los delitos de delincuencia organizada y secuestro.

La delegación de la PGR en Tamaulipas, cuya sede estatal se ubica en Reynosa, precisó que de acuerdo con la indagatoria, los uniformados fueron alertados por teléfono de que en un domicilio ubicado detrás de un hotel de esta ciudad se encontraban personas secuestradas.

Al realizar reconocimientos sobre la calle León, entre San Miguel de Allende y calle Uno, del Fraccionamiento San Miguel, observaron que un hombre pedía auxilio desde una casa. Al llegar al inmueble liberaron a los extranjeros, quienes no pudieron acreditar su legal estancia en el país, y a 29 mexicanos.

En el lugar detuvieron a un hombre, quien se encargaba de cuidar a las personas, así como al guardia de seguridad del fraccionamiento, quien presuntamente avisaba sobre los movimientos de las autoridades.

Al interrogar a las víctimas, una de ellas manifestó que en otro inmueble ubicado en la calle Verde, de la colonia Arcoíris, había más personas cautivas, por lo que en total, en ambos domicilios se liberó a 18 extranjeros y 29 mexicanos.

El representante social de la Federación inició la averiguación previa, misma que consignó al Juzgado Octavo de Distrito en esta entidad, por los delitos de delincuencia organizada, privación ilegal de la libertad en la modalidad de secuestro, y otros.

Los inculpados fueron trasladados al Centro Federal de Readaptación Social en Villa Aldama, Veracruz, donde están a disposición del juez, en tanto que las personas extranjeras liberadas fueron puestas a disposición del Instituto Nacional de Migración (INM).

Fuente: Vanguardia

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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