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México

Temperaturas altas y lluvias en gran parte del país

México, DF.- El Servicio Meteorológico Nacional (SMN) prevé potencial de lluvias fuertes con tormenta eléctrica, caída de granizo y vientos fuertes en Sonora, Chihuahua, Durango, Guerrero, Sinaloa, Jalisco y Michoacán.

También se esperan lluvias en Baja California Sur, Tamaulipas, San Luis Potosí, Zacatecas, Aguascalientes, Nayarit, Colima, Guanajuato, Querétaro, Hidalgo, Puebla, Tlaxcala, Estado de México, Distrito Federal y Morelos.

Lo anterior ocasionado por un canal de baja presio?n, que se extendera? desde el norte hasta el centro del pai?s, aunado con la entrada de humedad del oce?ano Paci?fico y Golfo de Me?xico.

En su reporte más reciente detalla que la Onda tropical No. 22, se localiza sobre Tabasco y Chiapas, en su desplazamiento hacia el oeste favorecera? potencial delluvias fuertes acompan?adas de chubascos, tormenta ele?ctrica, cai?da de granizo y vientos fuertes en Chiapas, asi? como lluvias en Oaxaca, Veracruz, Tabasco, Campeche, Yucata?n y Quintana Roo.

Una alta presio?n en el Golfo de Me?xico generara? viento del sur y sureste con rachas de hasta 50 km/h en Nuevo Leo?n y Tamaulipas, y del este y noreste de igual intensidad en Veracruz, Tabasco, Campeche y Yucata?n, asi? como bajo potencial de lluvias e incremento de las temperaturas en el noreste, centro y oriente de la Repu?blica.

Además, señala que un frente fri?o de corta duracio?n sobre el norte del pai?s, genera lluvias esta man?ana sobre Chihuahua y Sonora, y en el transcurso del di?a se debilitara? a un canal de baja presio?n, reforzando las lluvias sobre dicha regio?n por la tarde-noche.

El SMN subrayó que los termómetros registrarán en las próximas horas temperaturas mayores a 40 grados centígrados en Baja California, Sonora, Coahuila, Nuevo León, Tamaulipas, Michoacán, Guerrero, Campeche y Yucatán.

Mientras que en Baja California Sur, Chihuahua, Durango, San Luis Potosí, Sinaloa, Nayarit, Jalisco, Colima, Oaxaca, Chiapas, Veracruz, Tabasco y Quintana Roo predominarán valores de entre 35 y 40 grados.

Fuente: Azteca noticias.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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