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México

Por plagio, dan de baja a dos aspirantes a fiscal Anticorrupción

El tercer y último día de comparecencias de los candidatos a ser el fiscal Anticorrupción comenzó con la baja de dos aspirantes más en esta semana, por plagio en los ensayos que entregaron para postularse.
La secretaría técnica de la Comisión de Justicia encontró una similitud en muy específica en cuanto a la redacción de ambos ensayos, me refiero al del siguiente participante, Braulio Robles Zúñiga y de Angélica Palacios Zárate», explicó la senadora Pilar Ortega, presidenta de la Comisión de Justicia del Senado de la República.
El anuncio fue dado momentos antes de llamar a comparecer a Braulio Robles, luego de la presentación que hicieron dos aspirantes, de los 11 programados para el día. Por acuerdo de las juntas directivas y el Comité de Acompañamiento ciudadano, se determinó que ambos postulantes al cargo no siguieran en el proceso.
Sin embargo, en un afán por darles derecho de audiencia, platicamos ya con Braulio Robles Zúñiga y él decidió declinar al proceso. En tal virtud pasaríamos al resto de los candidatos», dijo.
Con la baja de ambos personajes la lista original de 32 aspirantes se redujo hasta el momento a 25. El senador Héctor Yunes, presidente de la Comisión de Anticorrupción y Participación Ciudadana, señaló que, aunque las comisiones unidas no prejuzgan quién «elaboró el documento y quién copio» se trata de un hecho que no se puede dejar pasar.
Tenemos aquí los dos ensayos y varios párrafos son idénticos. En ese sentido no podemos dejar de comentarlo», agregó.
El senador Luis Humberto Fernández reconoció la decisión de las comisiones, pues, dijo, es » absolutamente inaceptable por la evidente similitud no de ideas, es una similitud palabra por palabra en muchos párrafos, la casualidad no alcanza. Es obvio que hubo algún proceso que evidentemente no puede ser admitido», manifestó.

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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