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México

Juez ordenó la detención de Cuauhtémoc Blanco por el asesinato del empresario, dice su abogado

José de Jesús Guízar, abogado del Alcalde de Cuernavaca, Cuauhtémoc Blanco, dio a conocer que un juez de Morelos ordenó la aprehensión del Edil.
De acuerdo con el diario Reforma, Jesús Guízar emitió la orden tras una acusación que enfrenta el integrante del Partido Encuentro Social (PES) por el supuesto homicidio del organizador de la Feria de la Primavera, Juan Manuel García.
“El Juez, sin ningún antecedente de prueba (…) libera las órdenes de aprehensión. Son abominaciones jurídicas”
Sin embargo, dice el rotativo capitalino, la Fiscalía General de Justicia del Estado de Morelos negó que haya pedido al luez la aprehensión del ex jugador del América.
La defensa de Blanco señaló que ahora sólo están esperando una notificación oficial, aunque, asegura, ya conocían que la petición de orden de aprehensión contra el ex futbolista fue liberada luego de una petición que hizo la Fiscalía morelense tras una audiencia que se levó a cabo el pasado jueves, trascendió en Reforma luego de una entrevista con el abogado Jesús Guízar.
Según la información de este periódico, el presunto asesino de Manuel García, aseguró que Cuauhtémoc lo instruyó para que matara al organizador de la Feria de la Primavera el pasado 6 de abril en una cabalgata en Cuernavaca.
Homicidio calificado como autor intelectual o inductor y asociación delictuosa, son los delitos que le serían imputados al “Temoc” si se llega a cumplimentarse la orden en su contra.
“Es increíble que una persona que fue imputada, que esté en esa calidad, haga mención de eso (del señalamiento contra Blanco), y minutos después entra (personal de la Fiscalía) con el juez a solicitar la orden de aprehensión, y el juez, sin ningún antecedente de prueba más que el dicho de esta persona, libera las órdenes de aprehensión. Son abominaciones jurídicas”
Fuentes de la Fiscalía citadas por el Reforma aseguran que el juzgador sólo ordenó vincular a proceso al presunto homicida, además de un periodo de tres meses al Ministerio Público para que dé por terminadas las investigaciones, pero no contra el Álcalde de Cuernavaca.
El PES y el mismo Edil aseguran el hombre que se presume es el asesino, sí declaró en contra del ex seleccionado nacional.
El abogado denunció que la Fiscalía General de Morelos no tiene autonomía ya que ha incurrido a muchas irregularidades en otros procesos con el funcionario
“Hay que hacerle ver a la gente, a la opinión pública, que el fiscal Durón, obviamente, es también pariente de Graco, es su sobrino, y es una muestra más de que las instituciones en el Estado no tienen autonomía, y, por otro lado, disponen del Tribunal Superior, en donde un juez acata esa instrucción (de liberar orden de aprehensión). Son situaciones complicadas”, reprochó el abogado del Alcalde.

SinEmbargo

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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