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México

Deberá SEP revelar cifra de empleados acusados por violación desde 2010

La Secretaría de Educación Pública (SEP) deberá dar a conocer el número de empleados de la dependencia denunciados por abuso sexual, violación y acoso sexual, dentro y fuera de escuelas de educación inicial y básica en el país, durante el periodo del 1 de enero de 2010 al 8 de enero de 2017.
Así lo ordenó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). El organismo señaló que la información deberá estar desglosada por entidad federativa, año y mes de denuncia, nombre de la escuela, nivel educativo, tipo de víctima (menor o adulto) y cargo y/o puesto de quien fue denunciado, con excepción de que se trate de cargos únicos, en cuyo caso, deberá entregar, de forma disociada dicha información, de forma tal que no sea posible identificar el cargo y/o puesto de quien fue denunciado con el nombre de la escuela.
El Pleno del INAI resolvió un recurso de revisión interpuesto por un particular que solicitó conocer dicha información de cada entidad federativa; en respuesta, la SEP le proporcionó sólo datos de la Ciudad de México. En alegatos, la dependencia se declaró incompetente para conocer la información de cada entidad federativa, argumentando que la educación básica es descentralizada, por lo que orientó al particular a solicitar los datos de su interés a las autoridades de educación estatales.
En el análisis del caso, a cargo de la ponencia del comisionado Francisco Javier Acuña Llamas, se determinó que si bien los gobiernos estatales son los encargados de dirigir los servicios de educación preescolar, primaria, secundaria y para la formación de maestros; ello no implica que el gobierno federal deje de atender la educación pública.
Del Informe Nacional sobre Violencia de Género en la Educación Básica en México, elaborado por la SEP, en colaboración con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), se advirtió que la dependencia cuenta con datos estadísticos sobre agresiones físicas que ha recibido el alumnado de instituciones de educación básica de distintas partes del país. Indicó que la SEP ha recibido diversas recomendaciones derivadas de casos de la violación a los derechos a la integridad personal, libertad sexual, educación, sano desarrollo, trato digno y seguridad jurídica de alumnos de educación básica.

Quadratín

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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