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México

Asegura Reyes Baeza que estancias infantiles del ISSSTE son las más seguras de Latinoamérica

Luego del Recorrido y Simulacro contra incendios a distancia realizado en el Centro Nacional de Mando y Reacción para la Seguridad de los Infantes de las Estancias de Bienestar y Desarrollo Infantil (EBDI), el Director General del ISSSTE, José Reyes Baeza Terrazas, confirmó que los sistemas de protección de las 247 EBDI’s son los más eficientes, con alta tecnología y vigilancia, lo que las convierte en las más seguras de Latinoamérica, en beneficio de sus más de 35 mil infantes.

El titular del Instituto detalló el funcionamiento del Centro de Mando del ISSSTE, el cual vigila 123 estancias propias y cuenta con 650 cámaras, mil alarmas de emergencia, cuatro mil 400 detectores de humo y coordinación con sistemas de protección civil de los tres órdenes de gobierno.

Especificó que esta plataforma vigila las estancias propias del Instituto, y las 115 subrogadas cuentan con hidrantes automatizados para el combate de incendios, circuitos cerrados de video vigilancia, reacondicionamiento de salidas de emergencia en todas las instalaciones y el personal es capacitado en protección civil.

Los simulacros se llevaron a cabo en seis Estancias Infantiles de todo el país: No. 17 en Jalisco; No. 23 en Zacatecas; No. 25 en la región norte de la Ciudad de México; No. 26 en la región sur de la Ciudad de México; No. 36 de San Luis Potosí, y No. 44 en región sur de la Ciudad de México, donde se constató la rapidez y coordinación de los diferentes cuerpos de protección civil.

Acompañado de los directores de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales, Florentino Castro López, y de Tecnología y Estrategia Digital, Jorge Antonio Cano Félix, así como del Jefe del Departamento de Protección Civil, Sergio Robles Vázquez, Reyes Baeza anunció que el último trimestre de este año el ISSSTE lanzará una aplicación móvil donde los padres de familia derechohabientes accedan en tiempo real a las video cámaras de las EBDI’s, con el fin de que puedan observar la situación de sus infantes y de esta manera brindarles seguridad absoluta.

Durante su participación, el Director de Tecnología y Estrategia Digital del Instituto, Jorge Antonio Cano Félix, explicó que la principal función de este Centro, el cual contó con  un monto de inversión de 324 millones de pesos, es prevenir incidentes a través del análisis de datos, además se capacita constantemente al personal de las guarderías para que sepan cómo actuar ante situaciones de riesgo o desastres. De igual manera, contiene un directorio actualizado de los datos de contacto y biometría de los padres derechohabientes y/o personas autorizadas para recoger a los niños, así como de maestros, administradores o proveedores.

Asimismo, recordó que el ISSSTE es la primera institución de México en incorporar tecnología de punta para la seguridad de la población infantil derechohabiente.

 

Asimismo, el equipo interdisciplinario de las EBDI’s tiene conocimiento de los protocolos de protección civil, pues cada mes realizan simulacros con diferentes hipótesis, en los que participa personal de vigilancia, educativo, médicos y los niños.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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