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México

‘Franklin’ continúa fortaleciéndose sobre el sur del Golfo de México: SMN

El Servicio Meteorológico Nacional (SMN) informó que la tormenta tropical Franklin continúa fortaleciéndose sobre el sur del Golfo de México y sus bandas nubosas cubren el oriente y sureste del país, así como la Península de Yucatán.

Indicó que el meteoro se ubica a 200 kilómetros (km) al nor-noroeste de Frontera, Tabasco, a 245 km al nor-noreste de Coatzacoalcos, y a 315 km al este-noreste de Veracruz, Veracruz.

En su reporte más reciente, el SMN señaló que en coordinación con el Centro Nacional de Huracanes mantiene zona de prevención por efectos de huracán desde las costas del Puerto de Veracruz, hasta Cabo Rojo, Veracruz.

Además, zona de vigilancia por efectos de huracán desde las costas de Tuxpan hasta Río Pánuco, Veracruz, así como zona de prevención por efectos de tormenta tropical desde las costas del Puerto de Veracruz, Veracruz hasta Ciudad del Carmen, Campeche y desde Tuxpan hasta Barra del Tordo, Veracruz.

El organismo de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) informó que el fenómeno meteorológico se desplaza hacia el oeste a 20 kilómetros por hora (km/h) con vientos sostenidos de 10 km/h y rachas de 120 km/h.

Ante este fenómeno, se espera potencial de tormentas puntuales en Veracruz; tormentas intensas con puntuales torrenciales en Puebla; tormentas muy fuertes con puntuales intensas en San Luis Potosí, Hidalgo, Tabasco, Oaxaca y Chiapas; y tormentas fuertes con puntuales muy fuertes en Tamaulipas, Tlaxcala y Estado de México.

El SMN alertó también que habrá rachas de viento superior a 80 km/h y oleaje de cuatro a seis metros Veracruz, y rachas de viento superior a 60 km/h y oleaje de uno a tres metros en Tamaulipas, Tabasco y Campeche.

Ante ello, sugirió extremar precauciones a la población en general en las zonas de los estados mencionados por lluvias, viento y oleaje y atender las recomendaciones emitidas por las autoridades del Sistema Nacional de Protección Civil, en cada entidad.

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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