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México

Al menos 30 muertos por sismo de 8.4 grados Richter

El coordinador nacional de Protección Civil, Luis Felipe Puente, indicó que los estados de Chiapas y Oaxaca son los más afectados tras el sismo de 8.4 grados Richter.

Dio a conocer que en Juchitán se colapsó parte del Palacio y el mercado municipal; en Matías Romero, al menos 300 casas resultaron dañadas.
Además, precisó, un millón 856 mil personas se quedaron sin luz y se ha restablecido en 74 por ciento el servicio de suministro de la energía eléctrica y confió en que en las próximas horas se restaure en su totalidad.

Luis Felipe Puente mencionó que hasta el momento se han registrado 132 réplicas, la última a las 6:28 horas de magnitud 6.1 grados Richter.

De acuerdo con la red de corresponsales de MVS Noticias, al menos 23 personas murieron en el estado de Oaxaca tras el potente sismo que remeció México este jueves, indicó el gobernador del estado, Alejandro Murat.

Murat indicó que 17 de los 23 muertos en el estado estaban en Juchitán de Zaragoza, ubicada en el sureste de Oaxaca, en la zona geográfica conocida como el Istmo de Tehuantepec.

Además autoridades federales informaron del fallecimiento de siete personas en Chiapas, y dos menores de edad en Tabasco.

La madrugada de este viernes, el presidente Enrique Peña Nieto confirmó que la magnitud del sismo fue de 8.2 grados Richter, el cual consideró «el más potente en 100 años».

Pos su parte la, Secretaría de Gobernación declaro alerta extraordinaria en 41 municipios de Oaxaca afectados por el sismo.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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