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México

Bajas temperaturas afectarán gran parte del país

El Servicio Meteorológico Nacional (SMN) pronosticó para este jueves temperaturas mínimas inferiores a cinco grados Celsius en zonas montañosas de 20 estados de la República Mexicana.

Detalló que los estados afectados por las bajas temperaturas en sus zonas altas son Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León, San Luis Potosí, Aguascalientes, Zacatecas, Durango, Jalisco, Michoacán, Guanajuato, Querétaro, Hidalgo, Veracruz, Puebla, Tlaxcala, Estado de México y el norte de Morelos y Oaxaca.
En contraste, se esperan valores máximos de 35 a 40 grados Celsius en Baja California Sur, Baja California, Sonora, Sinaloa, Nayarit, Jalisco, Colima, Michoacán, Guerrero, Oaxaca, Chiapas, Chihuahua, Durango y Morelos.

Asimismo, un frente frío de corta duración que se mantendrá sobre el noreste del territorio nacional y una zona de inestabilidad sobre el sureste de la República Mexicana generarán lluvias con intervalos de chubascos en Chiapas, Tabasco, Veracruz, Oaxaca y Campeche.

Así como lluvias dispersas en Tamaulipas, Guerrero, Puebla, Yucatán y Quintana Roo.

También se estiman rachas de viento que pueden superar los 40 kilómetros por hora (km/h) en Chihuahua y Coahuila.

El pronóstico por regiones del organismo de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) indica que la Península de Baja California mantendrá cielo medio nublado, ambiente frío por la mañana y muy caluroso durante el día.

Viento del noroeste de 15 a 30 km/h, con rachas que pueden superar los 40 km/h en las costas de Baja California.

En el Pacífico Norte se estima cielo medio nublado, ambiente frío por la mañana y caluroso durante el día con viento del noroeste de 15 a 30 km/h. En el Pacífico Centro predominará cielo parcialmente nublado con ambiente frío con heladas puntuales por la mañana, y caluroso a lo largo del día con viento de dirección variable de 15 a 30 km/h.

El clima en el Pacífico Sur será de cielo medio nublado, intervalos de chubascos en Oaxaca y Chiapas, y lluvias dispersas en Guerrero.

Ambiente muy caluroso por la tarde y viento de componente norte con rachas que pueden superar los 40 km/h en el Istmo y Golfo de Tehuantepec.

El Golfo de México presentará cielo nublado por la tarde, intervalos de chubascos en Veracruz y Tabasco, y lluvias dispersas en Tamaulipas.

Bancos de niebla matutinas en zonas montañosas de Veracruz, ambiente cálido durante el día y viento de componente este con rachas superiores a 40 km/h en las costas de Veracruz y Tabasco. Se prevé para la Península de Yucatán cielo medio nublado por la tarde, intervalos de chubascos en Campeche y lluvias dispersas en Yucatán y Quintana Roo.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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