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Elba Esther Gordillo saldrá de prisión en 24 horas

Elba Esther Gordillo Morales, líder vitalicia del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) y fundadora del Partido Nueva Alianza, a más tardar en 24 horas dejará la prisión e irá a su domicilio a seguir el proceso penal que tiene pendiente por lavado de dinero.

Debido al desistimiento de la Procuraduría General de la República de una apelación que interpuso contra un tribunal federal que autorizaba la prisión domiciliaria para Gordillo Morales.

La PGR se oponía a la prisión domiciliaria, manteniendo a Gordillo Morales bajo una serie de impugnaciones promovidas en juzgados federales en una prisión convencional

La decisión se toma a cuatro años y diez meses de que la líder sindical fue detenida, por lo que ahora la PGR tiene 24 horas, a partir de este hoy para avalar el lugar en el que Gordillo Morales deberá permanecer bajo prisión domiciliaria.

La maestra fue detenida en febrero de 2013, acusada de delitos como defraudación fiscal, delincuencia organizada y lavado de dinero por más de mil 978 millones de pesos, al descubrirse el uso personal que le líder magisterial le dio a recursos financieros del SNTE.

El desistimiento de la PGR se da a unas horas de que la dirigencia de Nueva Alianza anunció que apoyará la candidatura presidencial del PRI, cuyo precandidato es el ex secretario de Hacienda, José Antonio Meade.

Desde marzo pasado que le había negado la prisión domiciliaria a Elba Esther Gordillo Morales, la ex lideresa magisterial ha visto mermada su salud, nos cuentan en su entorno.

En julio el magistrado del Primer Tribunal Unitario Miguel Ángel Aguilar volvió a rechazar la solicitud planteada bajo el alegato de la edad y atención a diversos padecimientos.

Estas negativas habían causado un gran enojo en la profesora, aseguran.

En marzo sufrió un desmayo cerca del baño en el hospital donde se encontraba. Eso puso en alerta a muchas oficinas que están al pendiente del asunto de la maestra.

De emergencia la atendieron porque, además, llevaba varios días con vómito y habían detectado que su estado de salud decaía.

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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