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México

Javier Duarte presentó su 3 de 3 pero el IMCO nunca la aceptó porque existían acusaciones de corrupción

Autor de la frase: Javier Lozano, vocero de campaña de José Antonio Meade

Lugar y fecha: Entrevista en Grupo Fórmula, Abril 2018

Frase: “”La 3 de 3 está completamente rebasada; ¿Quienes presentaron su 3 de 3? Bueno Javier Duarte, Ricardo Anaya, es decir, y luego qué pasa que les encuentran más propiedades que al nopal”.

Calificación: Engañoso.

El vocero de campaña de José Antonio Meade, Javier Lozano, dijo este 5 de abril en entrevista con Grupo Fórmula, que “la iniciativa 3de3 está completamente rebasada”, ya que incluso actores políticos como Javier Duarte, exgobernador de Veracruz, la han presentado.
En el programa de Ciro Gómez Leyva, el exsenador se pronunció acerca de la declaración “7de7” publicada por abanderado del PRI, José Antonio Meade, a la que calificó como una muestra “mucho más seria” que la iniciativa 3 de 3.

La afirmación de Lozano es engañosa, ya que Javier Duarte sí mandó su declaración patrimonial a la plataforma 3de3 -patrimonial, de intereses y fiscal-, pero ésta no fue aceptada por el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) y Transparencia Mexicana, promotor de la iniciativa, tal como se informó en julio de 2016.

Verificado 2018 consultó a Regina Gómez, colaboradora de Transparencia Mexicana, quien corroboró que la declaración 3de3 del exgobernador nunca fue publicada en la plataforma por las acusaciones de corrupción que existen en contra del mandatario veracruzano y de las investigaciones vinculadas con su administración, que aún están en proceso.

Javier Lozano omitió mencionar lo anterior.

La llamada declaración “7 de 7” de José Antonio Meade consiste en -además de la declaración patrimonial, de intereses y fiscal, contempladas en la 3 de 3- consultas especializadas a los registros públicos de la propiedad de todo el país en relación a los bienes de su persona y su esposa, Juana Cuevas; un informe integral de situación fiscal emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT); la opinión de un contador público certificado sobre la congruencia del origen y evolución de su patrimonio; y el cotejamiento de todos los documentos por parte de un notario público.

#VerificadoMx

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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