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México

Enfrentamiento y emboscada dejan 10 pistoleros y seis policías muertos en Guerrero

Una jornada de violencia en el balneario de Zihuatanejo dejó un saldo de 16 personas muertas, entre ellos seis policías estatales y 10 presuntos sicarios, durante dos hechos distintos registrados en este destino turístico de la región de la Costa Grande de la entidad.

Reportes oficiales indican que cerca de las 18:00 horas de ayer, se registró un enfrentamiento armado entre policías estatales, soldados y marinos contra un grupo de civiles armados en las inmediaciones de la Quebradora del poblado de El Coacoyul, sobre la carretera federal que conecta Acapulco con la Costa Grande.

El saldo de esta refriega fue de 10 muertos, todos ellos civiles, que fueron señalados como presuntos integrantes de la delincuencia organizada, refieren los informes.

Enseguida, a las 19:00 horas, se registró una emboscada contra agentes de la Policía Preventiva Estatal (PPE), quienes se desplazaban a bordo de una patrulla oficial sobre la carretera Zihuatanejo-Vallecitos de Zaragoza, en la parte serrana de este centro turístico.

El ataque realizado por sujetos desconocidos dejó un saldo de seis uniformados muertos. Los agresores se robaron el armamento oficial.

El Grupo de Coordinación Guerrero (GCG) informó que los policías caídos son Mario Portillo Gaspar, Heriberto Martínez Benítez, Juventino Figueroa Gallardo, Delfino Damián Luna, David Hernández Lorenzo y Rollis Univer Morales Nava.

El vocero del GCG, Roberto Álvarez Heredia, detalló que los oficiales fueron emboscados en la comunidad Las Mesillas, cuando regresaban de cumplir con acciones de resguardo y protección a nueve familias bajo riesgo que cuentan con medidas cautelares en favor de 54 personas, entre adultos y niños.

El lunes pasado, un grupo armado atacó y privó de su libertad a tres peritos de la PGR, quienes fueron liberados horas después tras un operativo del Ejército en el municipio de Petatlán, vecino a Zihuatanejo.

Astudillo regresa a Mazatlán

Por su parte, el gobernador Héctor Astudillo Flores dijo que el grave problema de inseguridad, impunidad y corrupción gubernamental se trata de una “crisis nacional” y no un tema específico de Guerrero.

“Es importante que todos tengamos claridad, vivimos en el estado, vivimos en Acapulco y creemos que sólo son acontecimientos que pasan aquí y no es justificación”, dijo el mandatario en un acto público realizado en Acapulco.

Enseguida, Astudillo viajó nuevamente al puerto de Mazatlán, Sinaloa para seguir haciendo promoción de los destinos locales en el foro del Tianguis Turístico que concluye este día.

Proceso

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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