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México

Confirma Amieva suspensión de actividades en ‘Artz Pedregal’

José Ramón Amieva, Jefe de Gobierno de la CDMX, señaló que en el caso del derrumbe ocurrido en la plaza comercial ‘Artz Pedregal’, ubicada al sur de la ciudad, ya se están tomando las medidas necesarias para revisar qué fue lo que ocasionó el incidente. De igual forma, asegura que se tomarán medidas necesarias para evitar mayores daños.

Se pidió a la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México inicie una carpeta de investigación para determinar las causas y los alcances del derrumbe.

Se ordenó la suspensión parcial de trabajos que se realizaban en las obras hasta que no se cuente con certeza de seguridad para todos los trabajadores de la plaza y para la gente que pudiera transitar por las inmediaciones.

Se instruyó que el Instituto para la Seguridad de las Construcciones en la Ciudad de México realice un dictamen para que se conozca si lo que generó el colapso fue una falla estructural o un asentamiento del subsuelo. Se hará un análisis de toda la construcción.

Por su parte, refiere que los representantes legales de la plaza manifestaron contar con todos los permisos, situación que la Procuraduría General de Justicia capitalina deberá de confirmar.

Ante el cuestionamiento sobre si ya se tenía previsto el derrumbe, apuntó que en el área de desplante y estructura se estaba generando una separación, por lo que protección civil de la plaza llevó a cabo la evacuación correspondiente.

Asimismo, señaló que el incidente se dio en el área de oficinas y ‘otros servicios’.

Confirmó que los titulares de la Secretaría de Seguridad Pública capitalina, Protección Civil de la CDMX y de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México hicieron una revisión y llevaron a cabo el protocolo de búsqueda para revisar que no hubiera lesionados o muertos en la zona del percance. Aclaró que no hubo heridos.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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